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Cita Previa Y Tramites Para Extranjeros

Cita Previa Y Gestiones Para Extranjeros

Si precisas efectuar tramites de extranjería o bien NIE en Valencia dispones de las próximas Oficinas para efectuar las gestiones:

  • Oficina de la Calle Miembro del Congreso de los Diputados Clara Campoamor
  • Oficina de Avenida Constitución, 116
  • Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Valencia
  • Oficina de Trámites de Comunitarios y Certificados
  • Secretaría General

A continuación señalamos la dirección, teléfono, ubicación y cita previa de todas y cada una de las oficinas de extranjería de Valencia:

Oficina de Extranjería en la Calle Clara Campoamor

Dirección: Calle Diputada Clara Campoamor esquina Motilla de Palancar, 23

Código Postal: cuarenta y seis mil diecinueve – Valencia

Teléfono: 96 trescientos siete noventa y ocho 00Información

Fax. 96 trescientos siete noventa y ocho 40

Correo electrónico: infoex.valencia@seap.minhap.es

Horario: 

De Lunes a Viernes de nueve,00h a 14,00h

Localización – Como llegar:


En puede ver la ubicación de la Oficina de Extranjería en la Calle Clara Campoamor

Lista de tramites para inmigrantes y extranjeros que puede realizar en la Oficina de Extranjería Clara Campoamor:

Autorización de regreso. cita previa policia nacional toma de huellas

Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena

Autorización de vivienda temporal y trabajo por cuenta propia

Autorización de residencia temporal y trabajo de trabajadores enormemente cualificados

Autorización de residencia temporal y trabajo en marco de posibilidades multinacionales de servicios

Autorización de residencia y trabajo para investigación

Autorizaciones para trabajar. Residentes

Salvedades a la autorización de trabajo

Autorización de residencia temporal no lucrativa

Arraigo

Otras circunstancias excepcionales

Modificación de las situaciones de los extranjeros en España

Autorización de vivienda de menores

Informe sobre desplazamiento temporal de menores

Visado de adopción de menores extranjeros

Repatriación de menores no acompañados

Tarjeta inicial de familiar de Ciudadano de la Unión

Recursos

Oficina de Extranjería Avenida Constitución

Dirección: Avenida Constitución, 116

Código Postal: cuarenta y seis mil nueve – Valencia

Teléfono: 96 307 98 00

Fax: noventa y seis 307 noventa y uno 11

Correo electrónico: infoex.valencia@seap.minhap.es

Horario: 

De Lunes a Viernes de nueve,00h a 14,00h

Localización – Como llegar:


En puede ver la localización de la Oficina de Extranjería en la Avda de la Constitución.

Lista de tramites para inmigrantes y extranjeros que puede realizar en la Oficina de Extranjería Avenida Constitución:

Renovación de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena

Renovación de residencia temporal y trabajo por cuenta propia

Renovación de vivienda temporal y trabajo en marco de posibilidades transnacionales de servicios

Renovación de residencia y trabajo para investigación

Renovación de residencia temporal no lucrativa

Renovación de reagrupación familiar

Renovación de arraigo

Renovación de otras circunstancias excepcionales

Expulsiones y devoluciones

Recursos

Cédulas de inscripción

Asilo y refugio

Inicio y propuesta expedientes sancionadores

Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Valencia

Dirección: Calle de Zapadores N º 52 -bajo y 2º

Código Postal: 46006 – Valencia

Teléfono: 963351106

Fax: 963351107

Horario: 

De Lunes a Viernes de nueve,00h a 14,00h

Localización – Como llegar:


En puede ver la ubicación de la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Valencia. cita previa extranjeria mallorca

Tramites de extranjera que puede efectuar en la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Valencia:

Cartas de Invitación

Certificados de concordancia documento de identidad -NIE

Prórrogas de estancia/ Visado

Peticiones de Asilo y Refugio

Estudiantes

Títulos de Viaje y Documentos de viaje

Régimen Comunitario y No Comunitario

Oficina de Trámites de Comunitarios y Certificados

Dirección: Calle de Bailén nº 9

Código Postal: cuarenta y seis mil siete – Valencia

Teléfono: 963417866

Horario: 

Lunes a Viernes de 09,00h a 14,15h y tardes de lunes a jueves de 17,00h a 20,00 horas

Localización – Como llegar:


En puede ver la localización de la Oficina de Trámites de Comunitarios y Certificados.

Tramites de extranjera que puede efectuar en la Oficina de Trámites de Comunitarios y Certificados:

Certificado de Registro Ciudadano de la Unión

Certificado de residencia

Certificado de NO residente

Certificado de NIE

Asignación de NIE

Secretaría General

Dirección: Calle dels Gremis nº 6 – Polígono Encalla de Quart

Código Postal: cuarenta y seis mil catorce – Valencia

Teléfono: 963136106

Horario: 

Lunes a Viernes de 09,00h a 14,15h y tardes ( lunes a jueves) de 18,00h a 19,45 horas

Localización – Como llegar:


En puede ver la ubicación de la Segregaría General.

Tramites de extranjera que puede realizar en la Segregaría General:

Expedición TIE (Tarjetas)

Régimen General y familiares de extranjeros comunitarios

Cita Extranjería Valencia

Algunas gestiones de extranjería pueden necesitar cita anterior. pedir cita extranjeria Puede conseguir cita en el próximo enlace


Oficinas y Comisarias de Extranjería cercanas:


Si tienes dudas o deseas contarnos algo sobre la Oficinas de Extranjería de Valencia, escribe un comentario.

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Correo electrónico: infoex.valencia@seap.minhap.es

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De Lunes a Viernes de nueve,00h a 14,00h

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Informe sobre desplazamiento temporal de menores

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Repatriación de menores no acompañados

Tarjeta inicial de familiar de Ciudadano de la Unión

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Oficina de Extranjería Avenida Constitución

Dirección: Avenida Constitución, 116

Código Postal: cuarenta y seis mil nueve – Valencia

Teléfono: 96 307 98 00

Fax: noventa y seis 307 noventa y uno 11

Correo electrónico: infoex.valencia@seap.minhap.es

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De Lunes a Viernes de nueve,00h a 14,00h

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Renovación de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena

Renovación de residencia temporal y trabajo por cuenta propia

Renovación de vivienda temporal y trabajo en marco de posibilidades transnacionales de servicios

Renovación de residencia y trabajo para investigación

Renovación de residencia temporal no lucrativa

Renovación de reagrupación familiar

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Cédulas de inscripción

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Inicio y propuesta expedientes sancionadores

Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Valencia

Dirección: Calle de Zapadores N º 52 -bajo y 2º

Código Postal: 46006 – Valencia

Teléfono: 963351106

Fax: 963351107

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Autorización de residencia temporal y trabajo en marco de posibilidades multinacionales de servicios

Autorización de residencia y trabajo para investigación

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Estudiantes

Títulos de Viaje y Documentos de viaje

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Dirección: Calle de Bailén nº 9

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Cita Extranjería Valencia

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Cita Previa ExtranjeríA

Cita Anterior ExtranjeríA

Para efectuar algunos tramites de Extranjeria es preciso pedir cita previa. Acá te mostramos la manera de pedir vez anterior extranjería de una forma fácil y rápida.

La cita previa para ciertos trámites de extranjería se hace por internet en la sede electrónica de extranjería de la Segregaría de Estado de la Administraciones Públicas del Gobierno de España.

Como pedir vez Cita Previa Extranjeria

Para pedir vez previa tenemos que ir a la sede electrónica de extranjería de la Segregaría de Estado de la Administraciones Públicas en la página https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/. Ahora tienes el link directo a Cita Extranjeria

En la página de citas debemos elegir la provincia donde deseamos efectuar el trámite o bien expediente



Elegimos la provincia donde deseamos hacer el trámite o bien expediente y pulsamos Aceptar

En la siguiente página debemos escoger el trámite que queremos realizar

A continuación nos aparece una página con los documentos necesarios e instrucciones para efectuar el trámite adecuadamente, es esencial leer pausadamente estas informaciones.

A continuación debemos rellenar los datos del solicitante de la cita, debemos indicar documento de identidad o bien Pasaporte y Nombre y apellidos y pulsamos Admitir (No olvides marcar la casilla “No soy un robot”)

En la página siguiente tenemos las próximas Opciones: Pedir Cita, Consultar Citas Confirmadas, Cancelar Cita y Salir

Esta página tiene tres opciones:

  • Solicitar Cita: Podemos elegir el día y la hora para nuestra cita de Extranjería
  • Consultar Citas Confirmadas: Deja ver otras citas que hayamos pedido antes para extranjería, NIE, renovación de tarjeta de residencia o bien otrso expedientes.
  • Anular Citas: Opción para anular citas que no precisamos, debemos cancelar las citas a las que no podemos acudir
  • Salir: Nos vamos de la páginas de Cita Extranjería

¿Donde puedo efectuar trámites de Extranjería?

Todas las capitales de provincia y las urbes más importantes de España tienen Oficinas de Extranjería y Comisarías de Policía donde puedes efectuar tus trámites de extranjería o bien informarte de tus expedientes.

En nuestra página de tienes el listado completo de provincias con Oficinas de Extrnjería

Puedes emplear este buscador para encontrar tu Oficina de Extranjería:

¿Que trámites se pueden hacer en las Oficinas de Extranjería?

Cada Oficina de Extranjería tiene unos trámites que puedes efectuar, estos son ciertos trámites que suelen realizarse en las Oficinas de extranjeros.

Toma de Huella.

Autorizacion de regreso.

Carta de invitación.

Renovación de tarjeta de residencia

Prórroga de estancia sin visado. cita extranjeria

Prórroga de visado de estancia de corta duración.

Certificado de NIE, de residente y de no residente.

Cédula de inscripción de indocumentado.

Título de viaje para la salida de España (indocumentado).

Documentación relativa a protección internacional y estatuto de apátrida.

Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea.Autorización y renovación de residencia temporal y trabajo

Autorización y renovación de residencia y trabajo para investigación

Autorizaciones para trabajar. Residentes

Autorización de regreso

Prórroga de estancia de corta duración

Reagrupación familiar

Arraigo

Autorización de vivienda de larga duración

Informe sobre desplazamiento temporal de menores

Visado de adopción de menores extranjeros

Repatriación de menores no acompañados

Tarjeta de familiar de Ciudadano de la Unión

Cédulas de inscripción

Resumen

Para solicitar cita previa de Extranjería haz lo siguiente:

Pide Cita

Prepara la documentación necesaria

Asiste a tu

Cita Extranjería en Madrid

Si quieres pedir vez para Extranjería en Madrid tienes que tomar en consideración las siguientes recomendaciones:

Lista de trámites para los que deberá proseguir el  procedimiento indicado más abjo:

Autorización vivienda temporal por circunstancias excepcionales por arraigo.

Autorización vivienda y trabajo por circunstancias excepcionales por violencia sexista.

Autorización residencia temporal por otras circunstancias excepcionales: razones humanitarias, protección internacional y disposición adicional primera, punto 4, del RD 557/2011.

Autorización vivienda temporal de menores nacidos en España, hijos de extranjeros residentes legales.

Autorización vivienda temporal de menores NO nacidos en España, hijos de extranjeros residentes legales.

Tarjeta inicial de residencia de familiar de ciudadano comunitario.

Reagrupación familiar.

Autorización de trabajo por estudios.

Autorización de vivienda y trabajo inicial por cuenta extraña.

Autorización de residencia y trabajo inicial por cuenta propia.

Recuperación de la vivienda de larga duración.

Visado de familiar de estudiante sin NIE.

Trámite para la documentación nacionales del Reino Unido y sus familiares (Brexit).

Procedimiento para pedir cita extranjería en Madrid

  1. Consulte detenidamente la documentación necesaria para el trámite que desea efectuar en .
  2. Descargue y rellene
  3. Envie toda la documentación precisa de forma conjunta con el formulario a la dirección de correo
  4. Debe enviar todos los documentos en pdf
  5. Si toda la documentació es correcta recibirá la cita en su móvil y su e-mail.
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Los 25 Mejores Abogados Nacionalidad Y Extranjería Malaga A Su Servicio

Los veinticinco Mejores Abogados Nacionalidad Y Extranjería Malaga A Su Servicio

Los Abogados de Nacionalidad y Extranjería Malaga son aquellos letrados que están especializados en aquellas ramas del derecho qué tiene por objeto la regulación de manera temporal o terminante de las relaciones que se producen entre los ciudadanos extranjeros con el Estado español o de estos con los propios nacionales en virtud en las diversas situaciones que se puedan generar en el día tras día de la estancia de aquellos En España.

¿Qué es la nacionalidad?

Se puede definir como aquel lazo o bien relación jurídica que se genera entre una persona y el estado con independencia de que radique o bien no en él, lo que determina la posibilidad de tener una serie de derechos y correlativas obligaciones. La normativa básica que hoy en día regula esta materia es la Ley Orgánica cuatro / dos mil de 11 de enero que define como extranjero por exclusión aquellos que no tienen la nacionalidad de España en la medida en que pertenece a otro país salvo en los presuntos de apátridas. 

El ordenamiento jurídico de España reconoce derechos fundamentales como los de la vida, amedrentad y libertad ideológica independientemente que sea español o bien no debiéndose afirmar que cada país determina el contenido jurídico de la citada nacionalidad, así como su adquisición y pérdida por lo que es fundamental estar asesorados por expertos Abogados de Nacionalidad y Extranjería Malaga ya que la casuística es muy prolija y las consecuencias de una defensa o bien reclamación negligente pueden ser fatales.

¿Cómo se adquiere la nacionalidad en España?

Varios son los caminos por los que una persona puede adquirir la nacionalidad en España y sin ánimo de ser pormenorizados podemos distinguir el origen de dicha adquisición en los próximos supuestos: 

1.- Nacionalidad para los españoles de origen definiendo la propia ley que son españoles de origen 

aquellos que nacen de padre o bien madre de España 

los nacidos en España cuando sean hijos de padres extranjeros y por lo menos uno de ellos haya natural de España

los nacidos en España de progenitores extranjeros si son apátridas o bien sí la normativa que rige en los países de origen de ellos no atribuye al hijo la nacionalidad 

los nacidos en España sin saber quién son sus padres presumiéndose que van a ser nacidos en territorio español aquellos menores cuyo primer lugar de estancia conocido sea en territorio nacional 

los menores adoptados por un español.

2.- Un segundo bloque de adquisición de nacionalidad va a ser la llamada por posesión de Estado y que se da a aquella persona que a lo largo de cuando menos diez años haya actuado como de España, es decir,  es la situación en la que la persona que lo solicita realmente no sabía que no era de España mas actuaba como tal por el hecho de que tenía un título, cualquiera que sea su naturaleza, anotado en el Registro Civil que de esta manera lo protegía si bien luego como resulta lógico se haya probado que ese título era nulo. Dicho actuar va tanto con relación a los derechos como los deberes derivados de ser ciudadano español.

3.- Otro camino de adquisición de la nacionalidad es la llamada nacionalidad por opción qué es aquella capacidad de optar exactamente que entrega a ciertos ciudadanos que están en unas circunstancias específicas que la ley determina y así:

el nacido en España cuyo padre o bien madre hubiese sido español

aquellos que hayan estado sujetos a la patria potestad de un de España 

aquellos que tras ser mayor de edad llegan a su conocimiento de quién era su padre o bien madre. En un caso así la ley marca un plazo de un par de años para efectuar dicha opción desde el conocimiento de las circunstancias generadora del posible derecho.

Las adopciones producidas pasados los 18 años estableciéndose igual plazo de un par de años desde el momento de la Constitución de la adopción.

4.- Otra forma de adquirir la nacionalidad es por vivienda estableciéndose la regla general de diez años de aquella de forma legal justo antes de la petición de dicha nacionalidad.

Si bien esta es la regla general, existen algunas excepciones que acortan los plazos como por poner un ejemplo 

Cinco años en el caso de obtención de la condición de refugiado

Dos años para los nacionales de países iberoamericanos como Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí 

El plazo de un año rige para el caso que

haya nacido en territorio de España 

no haber ejercido el derecho a adquirir la nacionalidad por opción

que haya estado sometido a tutela o bien instituciones de protección asimiladas durante dos años sucesivos 

en el caso de estar casado durante un año con un de España sin estar separado legalmente 

el viudo o viuda de de España toda vez que no estuviesen separados en el momento del óbito 

haber nacido fuera de España siendo hijo de padre, madre o bien abuelos que hayan sido originariamente españoles 

Por último, hay un supuesto de adquisición de la nacionalidad que se llama por carta de naturaleza que se otorga de forma discrecional por el Gobierno a través de Real Decreto y basándonos en circunstancias inusuales generalmente a consecuencia de un reconocimiento por acto o bien actos realizados.

¿Se puede perder la nacionalidad?

Si bien es regla de general conocimiento que la nacionalidad puede adquirirse en determinados supuestos no es muy conocido que dicha nacionalidad asimismo puede perderse basándonos en supuestos legalmente establecidos y por ello es prioritario estar asesorados por Abogados de Nacionalidad y Extranjería Malaga especializados siendo estos supuestos los siguientes

residir en extranjero y adquirir otra nacionalidad siempre y cuando dejen pasar un plazo de tres meses sin manifestar que desean preservar la nacionalidad española si bien la propia ley determina que la adquisición de nacionalidad de países iberoamericanos Andorra Filipinas G. abogados extranjeria Ecuatorial o bien Portugal no determina de forma automática la pérdida de la nacionalidad española 

aquellos independizados que residan en el extranjero si usan la nacionalidad extranjera durante 3 años de forma exclusiva pudiendo evitarlo mediante declaración de voluntad hacia el mantenimiento de la española

Los españoles que están independizados tengan otra nacionalidad, radiquen en el extranjero y renuncien voluntariamente a la española

en el caso de los que siendo españoles hayan nacido en el extranjero y siendo españoles por haber nacido hijo de padre o madre español a asimismo natural de el extranjero van a perder la nacionalidad de España si en el plazo de 3 años desde la mayoría de edad o emancipación no manifiestan su intención de conservar la de España 

Igualmente, aquellos españoles que no sean de origen pierden la nacionalidad española sí durante el plazo de 3 años siguientes a la adquisición de la nacionalidad de España emplean aquella a la que hubiesen renunciado anteriormente

cuando sean miembro de un Ejército o tenga un cargo público en un estado extranjero sin autorización o con prohibición del Gobierno

por último, cuando mediante sentencia se declare la falsedad en el procedimiento de adquisición de la Por nacionalidad de España .

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La Cita Para La Toma De Huellas Y Obtención Del Tie

La Cita Para La Toma De Huellas Y ObtencióN Del Tie

Como estudiante extranjero, te abres camino en un país que no es el tuyo.  El documento que te acredita aquí en España como ciudadano de otro país es la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) y que contiene un número único exclusivo e identificativo por persona…y ese es el ‘famoso’ NIE (Número de Identidad de Extranjero). Y con esto, entramos al 3er paso del ÍTER DEL ESTUDIANTE EXTRANJERO: LA CITA PARA LA TOMA DE HUELLAS Y OBTENCIÓN DEL TIE/NIE. 

Seguramente tienes muchas dudas cuando a la entrega de tu visado, se te incluyó un papel que decía que tienes treinta días desde tu entrada a España para la tramitación de tu TIE/NIE a efectuarse en la Policía Nacional. ¿A dónde vas? ¿A quién te diriges? ¿Qué consultas?  ¡Acá te explicamos!

¿Qué es la cita para la toma de huellas y obtención del TIE/NIE?

Es el trámite que debes hacer ante la POLICIA NACIONAL de tu provincia y que consiste en identificarte a través de la toma de tus huellas dactilares y con ellas expedirte tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). Esta tarjeta física contiene el Número de Identidad de Extranjero (NIE) como el tiempo de validez de la autorización concedida, que va a ser de 1 año máximo con posibilidad de prorrogar si tu estudio se extiende.

Requisitos para la obtención de la TIE/NIE:

  • Realizar este trámite dentro del 1er mes de tu entrada a España con tu visado en tu pasaporte.
  • Pagar la tasa 012 de la Policía Nacional en cualquier banco.
  • Estar empadronado.
  • Pasaporte original actual, copia del visado y entrada a España.
  • Matrícula de la escuela, comprobante de pago, constancia de estar realizando ya estudios

Es importante que sepas que si tus estudios y estancia dura más de 6 meses, es es obligatorio obtener la Tarjeta de identidad de Extranjero.

Documentación necesaria para el trámite de la TIE/NIE :

  • La petición del TIE, modelo oficial EX 17.
  • Justificante del abono de la tasa de la tarjeta, Modelo doce Policía Nacional
  • Pago de matrícula y constancia de estudios.
  • Volante de empadronamiento.
  • Dos fotografías recientes en color, en fondo blanco (tamaño carné).

Proceso para tramitar la TIE/NIE:

Habrás de solicitar cita anterior -la más próxima que encuentres- para cualquier oficina de la POLICIA NACIONAL de tu provincia en el siguiente LINK:

.

Una vez que tengas programada la cita y con tus documentos completos, acude a la Policía Nacional.  Ahí te tomarán huellas digitales para identificarte, y caso de que por la duración de tu estancia necesites tramitar la TIE, en esta aparecerá esta identificación. La tasa doce debe pagarse en cualquier banco.

Y muy importante: el PLAZO de petición de la tarjeta TIE es de 1 MES desde tu entrada a España. La entrega de tu tarjeta será en 45 días posteriores.

Es sencillísimo. Recuerda que el TIE/NIE es el documento de identificación oficial para ti como extranjero, por lo que es obligatoria su obtención. cita previa extranjeria almeria

Con esta información que te estaremos dando, quedarás más tranquilo al ir transcurriendo en tu Íter como Estudiante Extranjero y en Habeas Legal estaremos complacidos de poderte acompañar en este camino que cambiará tu vida, no solo profesional, sino personal.

Síguenos en nuestras comunicaciones por web y en redes sociales para mayor información sobre el Íter del Estudiante Extranjero y asimismo no dejes de informarte de las novedades que tendremos semana a semana en nuestro sitio:

Mientras tanto, si tienes alguna pregunta, no dudes en contactarnos:


 Web: 


 Tels: (+34) 931 ciento veintidos 743 y novecientos treinta setenta y cinco trescientos cuarenta y uno


 Reserva de citas (asesoría presencial o video llamada):   

HABEAS contigo!

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La ComisaríA De La Avenida De Los Poblados Saturada Por La Solicitud Del Nie

La ComisaríA De La Avenida De Los Poblados Saturada Por La Solicitud Del Nie

en la comisaria de la Avenida de los Poblados de la capital de España, se ha vuelto un tema muy complicado desde el momento en que el pasado 05 de febrero de 2018 se ha eliminado esta gestión de la oficina de la Policía de la de la capital española.

Al cerrar esta oficina de la calle San Felipe, los cuarenta números diarios para pedir el NIE en la Comisaria de la Avenida de los Poblados de Madrid se antojan escasos para la demanda de petición de NIE existente en la capital española Capital o bien en el campo de toda la Comunidad de la capital española. Hoy día se ha implantado ya el sistema de CITA PREVIA on line para esta solicitud de NIE, con lo que la existencia de los cuarenta números diarios ya ha quedado para otro tiempo.

Pero quizá haya que pararse  a pensar si estamos acudiendo al sitio adecuado para pedir el documento administrativo que precisamos.

Yo creo que, a veces, se acude a pedir el NIE en la comisaria de la Avenida de los Poblados de la capital española de forma equivocada, por ejemplo:

Si eres un Ciudadano de la Unión Europea y quieres quedarte en España a residir y trabajar, en un inicio no deberías asistir a la Comisaria de Policía de la Avenida de los Poblados de la villa de Madrid, deberías acudir a la Avenida Padre Piquer de Aluche.

Y cumpliendo con lo requisitos de tener medios de tipo económico y un seguro médico privado, o un contrato de trabajo de más de noventa días y a tiempo completo o bien estar dado de alta como Empresario por cuenta propia deberías poder conseguirlo sin inconvenientes, sin pasar a pedir el NIE en la Comisaria de la Avenida de los Poblados en Madrid y además presentándote en la oficina correcta de la Comisaría de la Policía el día y a la hora indicada en la cita anterior.

En otras ocasiones lo que pasa es que aun siendo Ciudadano de la Unión Europea y habiendo solicitado cita anterior para obtener el certificado de Registro de la UE, para poder pedir el Alta en la Hacienda, primero se ha de solicitar el NIE en la Comisaria de la avenida de los poblados de la capital de España para que una vez se tenga el número del NIE proceder a dar el Alta Censal en Hacienda y posteriormente en la Seguridad Social tramitar el Alta como Autónomo.

Y por último otro fallo que se comete es que si bien se sea Ciudadano de la Unión, la Empresa que va a realizar el alta como asalariado, solicita al empleado que tenga el NIE y provoca por ende que haga la cola en la Policía para solicitar el NIE en la Comisaría de la Avenida de los Poblados de la capital de España, en vez de tramitar el alta en la Seguridad Social a través del Sistema RED con el número de pasaporte y el de afiliación a la Seguridad Social.

Si quieres evitar incómodas colas y prefieres que la Gestoria FGM tramite tu solicitud de NIE en la Policía no dudes en ponerte en contacto con nosotros, solo necesitamos un poder notarial autorizándonos a efectuar tu petición de NIE y una copia compulsada de tu pasaporte ( con un coste aproximado por los dos documentos de 50,00€) y del resto nos encargamos evitándote la aburrida labor de solicitar el NIE en la Comisaría de Policía.


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  1. Hola Buenas tardes, ¿tienen conocimiento si aún no se puede tramitar el nie provisional en la Calle San Felipe siete,? y caso de que no se pueda me imagino que prosigue sobresaturada La Comisaria de la Avda. Los Poblados. Tienen conocimiento si me puedo dar de alta como autónomo sin numero de nie. Gracias.









    • Buenas tardes. El NIE para personas por estancias inferiores a 90 días se consigue obligatoriamente con CITA PREVIA y en la AV de los Poblados S/N en la capital de España.
      Por el contrario si usted es integrante de la UE puede obtener el CERTIFICADO DE REGISTRO DE LA UNION EUROPEA.


      Para registrarse como autónomo necesita el NIE de forma obligatoria, si no lo tiene debe solicitarlo en la AV de los Poblados S/N. Si fuera para trabajar como asalariado con el Pasaporte inicialmente es suficiente.


      Para más información no dude en pasarse por la Gestoría.









  2. Aracely García Nicado diecinueve julio, 2018 en 8:20 am


    Me siento muy satisfecha con el servicio brindado y rapidísimo ,se los aconsejo ,muchas gracias









  3. Buenos días, soy española y deseo pedir NIE para mi madre que es venezolana, se ha vuelto imposible adquirir una cita vía Internet. Quisiera por favor ponerme en contacto con vosotros para pedir vuestros servicios. Gracias.









    • Buenas tardes, ahora en los meses de Julio y Agosto y con el periodo de vacaciones obtener una cita para extranjería es prácticamente imposible.
      Lo mejor es que se espere a Septiembre para comenzar el trámite.


      Puede ir preparando la documentación necesaria si le parece adecuado para tramitar el permiso de trabajo y residencia de familiar comunitario.









    • Hola buenos días quisiera saber si yo puede sacar mi NIE por vez primera en una comisaría de cualquier estado de España?









      • El NIE para cualquier extranjero para poder realizar cualquier negocio jurídico, puede sacarse en cualquier provincia. No obstante los permisos de vivienda y trabajo y los CERTIFICADOS DE REGISTRO DE LA UNION EUROPEA deben sacarse en la provincia donde se esté censado.









        • Buenos días! Deseo saber si puedo sacar el Nie mientras estoy esperando la resolución de extranjería ?









          • Buenos días, depende que tipo de resolución está aguardando.

            En función de que género de resolución espere, puede conseguirse el NIE o bien no.


            Gestoria FGM













  4. Buenos días! Como hemos comprado un piso ahora debemos efectuar el cambio de domicilio y quería saber si tengo que establecer una cita y que documentos/papeles necesito.
    Gracias









    • Buenas tardes, para avisar el cambio de dirección en el NIE hay que presentarse nuevamente en la Policía para realzar un trámite nuevo. Debe llevar el justificante del cambio de domicilio, o sea una copia del padrón.
      Puede realizar también esta modificación con su firma digital. Sino más bien tiene certificado electrónico desde la Gestoría FGM podemos generarle una firma electrónica puesto que somos una entidad certificante acreditada.
      Puede ver más información sobre este certificado digital o firma electrónica en nuestra Web.










  5. Hola buenos días. No soy comunitario, tengo cita para obtener el NIE temporal. Con este número es posible conseguir un trabajo o un número en la seguridad social?
    Me piden un motivo por el que quiero el NIE, podría demostrar con una cuenta de moneda extrajera que tengo recursos para estar acá sin trabajar?
    Gracias por adelantado.









    • No, si no es Comunitario debe conseguir un permiso de trabajo y vivienda para poder trabajar de forma legal en España. Este NIE como usted lo llama provisional no acredita ni residencia ni permiso de trabajo, sólo acredita la estancia en España y que según normativa debe ser inferior a noventa días.








    • Hola buenas tardes,quería saber como hago para conseguir una factorización para viajar a mi país, de la comisaria me han dado esta dirección ,que necesito para solicitarla









      • Buenos días, no comprendo bien su consulta, no comprendo la palabra “Factorización”.
        Un saludo


        Gestoría FGM











  6. Hola! Es posible pedir el certificado UE en una oficina distinta a Avenida Padre Piquer de Aluche? Nosotros hemos pedido la cita pero los tiempos de espera son enormes! Nosotros vamos a vivir en Mostoles con mi familia provisionalmente (donde nos empadronaremos). Es posible efectuar el tramite en la comisaria local sin cita anterior? Gracias!









    • Hoy en día casi todos los trámites de la Administración Española se hacen con cita previa, con lo que no es posible asistir a la Policía para la obtención del Certificado de Registro de la UE sin cita anterior.


      Respecto al domicilio, en la capital española la única oficina que lo tramita está situada en Aluche, en la Avenida Padre Piquer como usted mienta.










  7. Buenas tardes necesito una cita en la villa de Madrid para familiar de comunitario. Madre colombiana con hijo menor de España gracias.









    • Buenas tardes, para la petición de Familiar Comunitario debe solicitarse cita mediante la Web de extranjería. Si precisa más información o bien que le ayudemos con el trámite no dude en ponerse en contacto. A día de hoy esta gestoría está obteniendo cita en un plazo de veinticinco-treinta días desde la solicitud








      • Hola tengo nacionalidad de España y d origen peru.
        necesito un Certificado del tiempo de residencia en españa a fin de pedir pension no contributiva….
        Tengo 86 años y vivo en Vivienda de mayores….podria ud hacerme la gestion.
        grscias









        • Buenas tardes, el certificado conforme nos señala no puedo determinar precisamente a que se refiere. Puede que lo que necesite sea un certificado de empadronamiento. Sería mejor que nos escribiera un correo electrónico a para indicarnos exactamente lo que precisa como la copia de la solicitud para saber precisamente lo que precisa.












  8. Buenas noches
    ¿Debo pedir el NIE de un no residente que desea dar de alta su sociedad en España , en Avda de los poblados?
    Tengo todos y cada uno de los poderes necesarios para ello. ¿Cuanto tiempo tardaría y qué coste tendría?
    Gracias









    • Efectivamente, si es para un NO RESIDENTE el NIE se solicita en la Avenida de os poblados y con cita anterior. Esta clase de NIE sólo acredita estancia y jamás vivienda.
      El tiempo depende de la cita anterior.









    • Buenas,hice tramite de tarjeta comunitaria favorable pero no puedo hallar cota previa por la página web,si me acerco podrían darme l algún consejo de horarios?








      • Buenos días, no comprendo la cita previa a fin de que la necesita ahora. ¿Tiene la resolución conveniente de la solitud de la Tarjeta Comunitaria?


        Un saludo, Gestoría FGM











  9. Buenas tarde,quiero renovar nie que me caduca el 30/11/2018,lo tuve permanentedurante 5 años,por favor que debo de hacer,en donde lo renueva,gracias









    • Buenas tardes, para poder informarla correctamente precisaría saber que género de NIE tiene . Debería enviarme por e mail una imitación de su permiso de trabajo y residencia para poder señalarla si la renovación puede hacerse telemáticamente o mediante registro. Hoy la mayoría de permisos se tramitan on line.










  10. hola! un amigo le han dado la vivienda no rentable donde debe dirigirse para la obtención de la misma?
    un saludo









  11. Hola buenas tardes, soy familiar de un CU con NIE resuelto conveniente que documentos debo presentar para solicitar la tarjeta de residencia permanente y tras la resolución en que tiempo debo solicitar Cita Previa









    • Buenas tardes, para la renovación de vivienda de larga duración debe presentar original y copia del pasaporte y fotografía actualizada y recoger posteriormente su nuevo permiso. Pero creo que charlamos de cosas diferentes con lo que lo más aconsejable es que nos envíe una copia de su permiso de trabajo y sobre la copia podremos aconsejarle e señalarle presupuesto por la administración.








      • Buenas tardes mi NIE está. Apuntó de caducar ,lo tuve por cinco años quiero mudarlo por régimen inicial que debo hacer









        • Buenos días, no entiendo su pregunta de volver a cambiarlo a régimen inicial. Es mejor que se ponga en contacto con nosotros por correo a


          En cuanto a la renovación, desde esta Gestoría Administrativa podemos encargarnos de su renovación del NIE sin problemas.


          Un saludo y gracias por contactar con nuestra WEB












  12. Hola,
    Tengo número de NIE hace 3 años(pero no hoja verde ,es hoja blanca) y deseo renovarlo, de qué forma y dónde se puede hacer(vivo en Alcorcón)?









    • Buenas tardes, esa hoja blanca donde aparece el número del NIE (Número de Identificación del Extranjero) es un documento que no acredita RESIDENCIA sino más bien ESTANCIA. O sea si no pone en la parte inferior de la hoja alguna data de caducidad no tiene que renovarlo pues es indefinido.
      En función de su Nacionalidad (Comunitario o bien No Comunitario) puede que tenga opciones de poder obtener el NIE Comunitario o bien Certificado de Registro de la UE.


      Para cualquier duda que tenga, puede ponerse en contacto con nosotros.


      Un saludo










  13. Buenas tardes, me agradaría hacerle una pregunta por favor.
    Soy italiana y tengo mi tie vencido. Debo renovarlo, donde debo hacer ese trámite? En avenida de los poblados?
    Mire en la red y no me deja sacar cita anterior para informacion.
    Muchísimas gracias por su amabilidad.









    • Buenas tardes, habría que ver a que tipo de TIE se refiere pues siendo Comunitaria no debería caducar. Si radica en la villa de Madrid debe solicitar el Certificado de Registro de la UE en la Av Padre Piquer y con cita anterior.


      Si necesita más información, que le solicitemos la cita previa, el modelo de solicitud y la tasa de pago no dude en llamarnos o bien pasar por nuestras oficinas.


      En ocasiones un buen asesoramiento e información, evitan muchos errores y demoras en la tramitación de estos expedientes.


      Un saludo










  14. Buenas tardes, soy ciudadano comunitario y he pedido el certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea el día siete de noviembre, al instante de la solicitud mi contrato laboral no cumplía con el sueldo mínimo requerido para esta solicitud, con lo que mi expediente fue enviado a delegación de gobierno para su posterior aprobación, indicandome que en un plazo no mayor a tres meses me llegaría respuesta vía correo postal. Dos semanas mas tarde mi contrato fue mejorado (ahora si cumpliendo con el requisito del sueldo), pero todavía no he recibido la respuesta por correo postal. Existe alguna forma de verificar el estatus de este trámite? Puesto que en la avenida padre piquer no me dan información al respecto y por el portal web de extranjeria no logro contrastar dicho estatus. Me urge muchisimo detallar este documento. Muchas gracias por adelantado por la ayuda que me puedan brindar.









    • En este caso y una vez ya presentado el expediente, si éste tiene número de registro se puede intentar anexar al expediente el contrato mejorado mas me temo que este género de trámites de obtención del Certificado de Registro de la Unión europea no está registrado electrónicamente y por tanto no va a poderse adjuntar. ¿Tiene ya asignado un número de NIE?


      Por lo tanto la espera de los 3 meses que le anunciaban puede que sea cierto.


      Un saludo










  15. Buenas tardes, soy ciudadano comunitario y debo pedir mi NIE. Mi empresa me ha preguntado a fin de que lo realizo antes del 24 de enero. Pero no podria conseguir una cita anterior ya antes del cinco de febrero. Que puedo hacer? esta totalmente imposible conseguir el NIE ya antes del veinticuatro de enero?


    Ademas, no encontraba la comisaria cuando fui el otro dia para ver, como no hubo una direccion preciso (o no habia numero de la comisaria). Es verdad que la direccion es Avenida de Poblados cincuenta y uno?


    Un saludo cordial, y muchas gracias por adelantado.








    • Buenas tardes, la verdad es que para pedir el NIE es obligatorio solicitar CITA PREVIA y ésta no es que sea de la noche a la mañana. De todas y cada una maneras la asignación del NIE (Número de Identificación de Extranjero) no se consigue de igual modo y procedimiento para todos y cada uno de los ciudadanos extranjeros, los ciudadanos Europeos tiene un procedimiento, los no comunitarios tienen otro procedimiento y por poner un ejemplo, los familiares de comunitarios tienen un procedimiento diferente.


      Los domicilios de las comisarias de Policía para emitir estos NIE son asimismo diferentes en función de cada procedimiento. De ahí que si está en la villa de Madrid, es mejor que pase por nuestras oficinas para poder explicárselo y administrarlo. pedir cita previa extranjeria










  16. Hola Buenas tardes, soy ciudadano comunitario y debo conseguir el NIE. Mi empresa me ha preguntado para que lo realizo antes del veinticuatro de Enero. Lo que sea imposible porque no tengo una cita hasta el cinco de febrero.


    Hay algo que puedo hacer para obtenerlo ya antes del 24 de enero?


    Un saludo









  17. Buenas noches,
    soy ciudadano comunitario y ya tengo turno para tramitar el NIE no residente, mi consulta sería si en el ex-quince coloco la opción por intereses económicos y como justificante pongo apertura de cuenta bancaria, me lo dan?
    Mi consulta es pues en turno precedente puse la opción por intereses profesionales y les afirmé que era para buscar trabajo y me afirmaron que no es preciso el NIE, pero el tema es que en todos y cada entrevista que tengo me lo están pidiendo, cual seria la mejor opcion y justificante?


    desde ya mil gracias por su ayuda,
    saludos









    • Buenas tardes, el problema de su consulta es que la asignación del NIE se puede hacer por múltiples posibilidades, pero el tener el NIE no quiere decir que le de derecho a trabajar en España.


      En función de la nacionalidad que tenga este NIE o bien número de Identificación de Extranjero puede darle capacidad jurídica para poder residir y trabajar en España o bien, le de la posibilidad de tener una estancia legal en España por un tiempo máximo de 90 días.


      Pase por nuestras oficinas en la capital de España para poder ampliarle más información de este tema sobre la asignación del NIE, Certificado de Registro de la Unión europea o permiso de residencia y trabajo. Evitará darse paseos por las diferentes oficinas de Extranjería y ahorrar tiempo en la administración de su NIE.










  18. Hola. Buenas tardes. Soy italiana y vivo en Madrid. Mi padre es brasileiro y no tiene ciudadanía europea. Puedo obtener un permiso de residencia pa él ? Desde ya gracias por su ayuda.








    • Buenos días, siendo ciudadana de la Unión Europea y tener el Certificado de Registro de la Unión Europea, se puede solicitar un permiso de trabajo y Residencia para tu padre al depender de ti. Mas se debe tener toda la información y documentación precisa para poder darte una respuesta cien por cien perfecta.










  19. Hola…tengo en nie y se me borro las letras y los nr donde debo acudir a cambiarlo?









  20. Hola. La persona que trabaja en mi casa fue hace un mes exactamente a la oficina de Aluche a poner sus huellas para renovar su permiso de residencia y ahora tiene que ir a recoger el documento. podríais indicarme cuál es el horario para recogerlo y también si es conveniente que espere unos días más por si aún no estuviese? Fue hace 30 días.muchas gracias!









    • En la propia Policía (cuando se pondrá la huella una vez resuelto-favorable el expediente de renovación del permiso de trabajo) informan que se vaya en 20-30 días a recoger el NIE en el momento en que se han puesto las huellas. El horario es de 09’00 a 14’00 y 16’00 a 19’00 de lunes a Viernes. A día de hoy de momento todos los lunes suele ser el día de más afluencia con lo que no es recomendable ir cada lunes y por las tardes suele haber menos gente recogiendo el NIE. De todas y cada una maneras la afluencia de cada lunes y lo de las tardes puede mudar en cualquier instante.










  21. Buenas tardes, para registrarme como autónomo, siendo ciudadano de la union europea, debo tramitar primero el NIE ? para firmar un contrato de trabajo también es preciso conseguir primero el NIE? aclaro que aun no tengo vivienda en España, gracias









    • Buenos días, no comprendo que significa que aún no tiene vivienda en España.
      Si es miembro de la Unión Europea, pude residir en España sin inconveniente y trabajar. Como me indica si va a registrarse como autónomo debe tener primero el número del NIE.
      Si desea puede ponerse en contacto con nosotros para asistirle a obtener el CERTIFICADO DE REGISTRO DE LA UNION EUROPEA.
      Le copio un link de las obligaciones mínimas como autónomo:










  22. Tengo el Certificado de Registro de la UE pero se han borrado las letras donde puedo asistir para mudarlo.








    • Buenas tardes, debe realizar exactamente el mismo procedimiento que cuando lo solicitó por vez primera. Hoy en día es un trámite personal y a través de cita anterior.
      Si desea, desde la Gestoría FGM podemos ayudarle en la solicitud de la cita anterior, aconsejarle en cuanto a la documentación que necesita y en la confección de toda la documentación para que pueda obtener la nueva copia del CERTIFICADO DE REGISTRO DE LA UNION EUROPEA el día de la cita sin inconvenientes, y de este modo no tenga que regresar una segunda vez en caso de fallo o falta de documentación.










  23. Hola buen día quisiera saber si tarda en darme la cita y ya estoy de alta tendría problema para poner la huella 1 mes tras el resuelto conveniente xq me afirman que solo vale 1 mes y como no hay cita recién saqué para el día 12 de agosto me valdria igual me puedes asistir gracias









    • Buenas tardes, una vez RESUELTO FAVORABLE su permiso de Vivienda y Trabajo, como dice usted debe pedir vez anterior para poner la huella. Al solicitar la huella a través de Internet el sistema graba la data de petición que es lo que importa a efectos del cómputo de los plazos. LA dilación de la Administración en darle la fecha para poner la huella en el Organismo pertinente ya no es su problema. Si desea que le ayudemos a generar la petición de la huella, la confección del pago de la Tasa y le aconsejemos en cuanto a la documentación que precisa llevar, no dude en decírnoslo.










  24. Hola yo estoy aguardando por mi NIE me han dicho que al pasar 30 días puedo ir a retirarlo el caso es que me han bloqueado la cuenta corriente por no tener documentos en videncia podria ir ya antes de los treinta días a retirarlo y me lo dan? O bien dedo esperar









    • Buenos días, no se si te refieres a que una vez hayas puesto las huellas en la Policía, debes pasar por el NIE, lo que es cierto es que sólo quien emite dicho documento puede3 decirte si está listo para recoger o bien no.









  25. Mònica Sánchez Mendoza cuatro octubre, 2019 en 10:11 am


    Buenas tardes . Mi NIE vence el tres de nov 2019 y no se como sacar la cita vía internet, mi inconveniente es que tengo una discapacidad , utilizo oxígeno las veinticuatro horas y mi portátil tiene unas tres horas de autonomía, y no me resulta posible trasladarme al los donados puesto que camino muy muy lento vaya que no podría perdurar tanto mi oxígeno para efectuar ese trámite.









    • Buenas tardes, en ese caso podemos presentarla por usted de forma telemática si su tarjeta acepta ese trámite. Aún está en plazo para su presentación
      Debería enviarnos la copia del NIE por los dos lados y le responderemos con las posibilidades y los honorarios.


      Un saludo Gestoría FGM










  26. Hola. Soy Jenny. Hoy en día tengo una tarjeta por cinco años por régimen comunitario por familiar . Envié mi documentación para gestionar la tarjeta de residente permanente por familiar ( la de vigencia de diez años), sin embargo, mi tarjeta vence el 19/10/2019 . Deseaba preguntarles si puedo hacer el trámite por Lana plataforma electrónica Mercurio, afirman q es más veloz la revisión ? Ya q temo q la documentación siga en el registro y además no sé si lo envié adecuadamente, ya q se envío a la delegación de Madrid.


    Podrían asistirme?









    • Correcto, tramitarlo por la plataforma electrónica es mucho más aconsejable que hacerlo por registro, la Administración de esta manera lo afirma y aconseja.
      Si aún no sabe nada de su solicitud, podría ser interesante volver a presentar la renovación de forma telemática.
      Debería mandarnos una copia por ambos lados del NIE y la documentación a apresentar, cuando lo recibamos la contestamos.
      Un saludo Gestoría FGM










  27. Buenos Días.
    Vivi en España a lo largo de 2003/2004 y fui asignado un numero de NIE.
    Figura en una tarjeta de residente (Regimen comunitario) vencida en 2008.
    Ese NIE sigue siendo mio o este numero caduca.
    En caso de que el NIE prosiga siendo mio y mi intencion fuera darme de alta como autonomo. ¿Que es lo que deberia hacer al llegar a España?.


    Gracias y Saludos.









    • Buenos días, necesitaría saber su Nacionalidad para ver las opciones que tiene para volver a tener el Permiso de Residencia y Trabajo en España a su llegada.
      Vendría a Madrid para poder tener una entrevista en la Gestoría?









  28. Hola, buen día. Uds. pueden lograr cita previa para toma de huellas para Tarjeta de Residente como Residente Familiar de Comunitario? La data más próxima es para dentro de 3 meses…









    • No, la gestión de la cita previa para la toma de huellas se hace en internet y es automática.


      Desde la Gestoría FGM no podemos administrar ninguna cita para la toma de huellas que no sea mediante la Web de Extranjería.


      Cosa diferente es la renovación del NIE para Familiar Comunitario, en este caso podemos asistirle a renovarlo.


      Gestoria FGM










  29. Buenos días
    Soy colombiano Tengo el NIE vencido ya he solitado la prórroga por estudios pero aún no dan contestación tengo un viaje la otra semana a Francia. Puedo viajar presentando el resguardo de la petición de la prórroga, el NIE y el pasaporte ??
    La autorización de regreso la sacó cuando salgo de la Unión Europea o bien debería sacarla para este caso??(no hay citas próximas para antes del viaje)









    • Buenas tardes para viajar teniendo el NIE caducado debe contar con una autorización de regreso. En el caso de tener la cita para después del viaje debería preguntar en Policía si le pueden ayudar y adelantarlo.


      GESTORIA FGM










  30. Buenas tardes,
    Tengo pasaporte comunitario, aun no me encuentro en España, la compañía que me va a contratar por contrato de pero de tres meses (Sede Gerona) me indica que al llegar debo conseguir NIE para hacerme contrato laboral?. Estoy tramitando la cita a traves del portal y hay disponibilidad en Madrid (sede av poblados). Procedo con la cita anterior allá? Es posible a pesares que mi sitio de residencia y trabajo va a ser fuera de la capital de España?
    Como observación: En Gerona (no gestionan NIE conforme al portal web), Tarragona y Barcelona (me señala que no hay disponibilidad de citas)
    Gracias de antemano









    • Buenas tardes, al tener el Pasaporte Comunitario el alta en la Seguridad Social es suficiente con el Pasaporte. Debe presentar en la Administración copia del Pasaporte, copia del Contrato de Trabajo de más 90 días y copia del Alta en la Seguridad Social.


      En principio no se pide ningún certificado de empadronamiento por lo que si viene a la capital de España a solicitarlo probablemente no tenga problema, mas eso puede mudar a criterio de la Administración.


      Un saludo









  31. BUENAS TARDES, SOY DE LA COMUNIDAD EUROPEA, PASAPORTE PORTUGUES, CON EL PASAPORTE PUEDO OBTENER NUMERO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y ME PUEDAN DAR DE ALTA? YA QUE NECESITO ESTAR DE ALTA PARA SOLICITAR CERTIFICADO DE LA UNION EUROPEA… PERO ME HAN DICHO QUE PARA QUE ME DEN DE ALTA TE PIDEN NIE, ENTONCES NO SE TENGO ESA DUDA









    • Efectivamente, la Legislación indica una cosa y las Empresas no quieren ir por ese camino y por eso le demandan primero el NIE. Me temo que en esta lucha es la Policía quien tiene las de ganar y por tanto la Empresa debe ir admitiendo el dar de alta a los empleados con número de Pasaporte y posteriormente modificar al NIE una vez se consiga.


      Ahora pregunto, ¿Y si el trabajador una vez de alta pide la baja voluntaria y jamás me entrega copia o número del NIE, que hacemos con el modelo 190 anual de Hacienda?


      Ese es el miedo de todos nosotros en este tema y nuestras precauciones.


      Un saludo


      Francisco










  32. cita para tomar de huellas emi familea somos cenco personsa









    • Buenos días, en nuestros días entre el COVID19 y las vacaciones el tema de las citas es realmente difícil de obtener.


      Esperemos que en el mes de Septiembre se arregle. Si precisa ayuda para rellenar el formulario o tasa y la documentación precisa no dude en ponerse en contacto con nosotros.


      Un saludo, Francisco










  33. cita para tomar de huellas








    • Buenos días, en la actualidad entre el COVID19 y las vacaciones el tema de las citas es realmente difícil de obtener.


      Esperemos que en el mes de Septiembre se arregle. Si precisa ayuda para rellenar el formulario o tasa y la documentación precisa no dude en ponerse en contacto con nosotros.


      Un saludo, Francisco






Hola Buenas tardes, ¿tienen conocimiento si todavía no se puede tramitar el nie provisional en la Calle San Felipe 7,? y en caso de que no se pueda me imagino que prosigue saturada La Comisaria de la Avda. Los Poblados. Tienen conocimiento si me puedo registrar como autónomo sin numero de nie. Gracias.





  • Buenas tardes. El NIE para personas por estancias inferiores a noventa días se consigue obligatoriamente con CITA PREVIA y en la AV de los Poblados S/N en la capital española.
    Por el contrario si es integrante de la UE puede obtener el CERTIFICADO DE REGISTRO DE LA UNION EUROPEA.


    Para registrarse como autónomo precisa el NIE de forma obligatoria, si no lo tiene debe solicitarlo en la AV de los Poblados S/N. Si fuera para trabajar como asalariado con el Pasaporte inicialmente es suficiente.


    Para más información no dude en pasarse por la Gestoría.





Buenas tardes. El NIE para personas por estancias inferiores a noventa días se obtiene obligatoriamente con CITA PREVIA y en la AV de los Poblados S/N en la villa de Madrid.
Por contra si usted es miembro de la Unión Europea puede conseguir el CERTIFICADO DE REGISTRO DE LA UNION EUROPEA.

Para darse de alta como autónomo necesita el NIE de forma obligatoria, si no lo tiene debe pedirlo en la AV de los Poblados S/N. Si fuera para trabajar como asalariado con el Pasaporte inicialmente es suficiente.

Para más información no dude en pasarse por la Gestoría.

Me siento muy satisfecha con el servicio brindado y rapidísimo ,se los aconsejo ,muchas gracias

Buenos días, soy de España y quiero pedir NIE para mi madre que es venezolana, se ha vuelto imposible adquirir una cita vía Internet. Quisiese por favor ponerme en contacto con vosotros para solicitar vuestros servicios. Gracias.





  • Buenas tardes, ahora en los meses de Julio y Agosto y con el periodo de vacaciones obtener una cita para extranjería es prácticamente imposible.
    Lo mejor es que se espere a Septiembre para empezar el trámite.


    Puede ir preparando la documentación necesaria si le semeja correcto para tramitar el permiso de trabajo y residencia de familiar comunitario.









  • Hola buenos días quisiera saber si yo puede sacar mi NIE por vez primera en una comisaría de cualquier estado de España?








    • El NIE para cualquier extranjero para poder efectuar cualquier negocio jurídico, puede sacarse en cualquier provincia. Sin embargo los permisos de vivienda y trabajo y los CERTIFICADOS DE REGISTRO DE LA UNION EUROPEA tienen que sacarse en la provincia donde se esté censado.









      • Buenos días! Quiero saber si puedo sacar el Nie mientras que estoy esperando la resolución de extranjería ?









        • Buenos días, depende que tipo de resolución está aguardando.


          En función de que género de resolución espere, puede conseguirse el NIE o no.


          Gestoria FGM








Buenas tardes, ahora en los meses de Julio y Agosto y con el periodo de vacaciones conseguir una cita para extranjería es casi imposible.
Lo mejor es que se espere a Septiembre para comenzar el trámite.

Puede ir preparando la documentación necesaria si le semeja adecuado para gestionar el permiso de trabajo y vivienda de familiar comunitario.

Hola buenos días quisiese saber si puede sacar mi NIE por primera vez en una comisaría de cualquier estado de España?




  • El NIE para cualquier extranjero para poder efectuar cualquier negocio jurídico, puede sacarse en cualquier provincia. No obstante los permisos de residencia y trabajo y los CERTIFICADOS DE REGISTRO DE LA UNION EUROPEA tienen que sacarse en la provincia donde se esté censado.









    • Buenos días! Quiero saber si puedo sacar el Nie mientras que estoy aguardando la resolución de extranjería ?









      • Buenos días, depende que género de resolución está aguardando.


        En función de que género de resolución espere, puede obtenerse el NIE o bien no.


        Gestoria FGM







El NIE para cualquier extranjero para poder realizar cualquier negocio jurídico, puede sacarse en cualquier provincia. No obstante los permisos de vivienda y trabajo y los CERTIFICADOS DE REGISTRO DE LA UNION EUROPEA deben sacarse en la provincia donde se esté censado.




  • Buenos días! Deseo saber si puedo sacar el Nie mientras que estoy esperando la resolución de extranjería ?









    • Buenos días, depende que tipo de resolución está aguardando.


      En función de que género de resolución espere, puede conseguirse el NIE o no.


      Gestoria FGM






Buenos días! Quiero saber si puedo sacar el Nie mientras estoy esperando la resolución de extranjería ?





  • Buenos días, depende que tipo de resolución está aguardando.


    En función de que tipo de resolución espere, puede obtenerse el NIE o no.


    Gestoria FGM





Buenos días, depende que tipo de resolución está esperando.

En función de que tipo de resolución espere, puede obtenerse el NIE o no.

Gestoria FGM

Buenos días! Como hemos comprado un piso ahora tenemos que realizar el cambio de domicilio y deseaba saber si tengo que establecer una cita y que documentos/papeles necesito.
Gracias





  • Buenas tardes, para avisar el cambio de dirección en el NIE hay que presentarse nuevamente en la Policía para realzar un trámite nuevo. Debe llevar el justificante del cambio de domicilio, o sea una copia del padrón.
    Puede realizar también esta modificación con su firma digital. Sino más bien tiene certificado electrónico desde la Gestoría FGM podemos generarle una firma electrónica pues somos una entidad certificante acreditada.
    Puede ver más información acerca de este certificado digital o bien firma electrónica en nuestra Web.





Buenas tardes, para notificar el cambio de dirección en el NIE hay que personarse de nuevo en la Policía para realzar un trámite nuevo. Debe llevar el justificante del cambio de domicilio, esto es una copia del padrón.
Puede efectuar también esta modificación con su firma digital. Sino más bien tiene certificado electrónico desde la Gestoría FGM podemos generarle una firma electrónica puesto que somos una entidad certificante acreditada.
Puede ver más información acerca de este certificado digital o bien firma electrónica en nuestra Web.

Hola buenos días. No soy comunitario, tengo cita para conseguir el NIE temporal. Con este número es posible obtener un trabajo o un número en la seguridad social?
Me solicitan un motivo por el que deseo el NIE, podría probar con una cuenta de moneda extrajera que tengo recursos para estar acá sin trabajar?
Gracias por adelantado.





  • No, si no es Comunitario debe conseguir un permiso de trabajo y vivienda para poder trabajar de forma legal en España. Este NIE como usted lo llama temporal no acredita ni vivienda ni permiso de trabajo, sólo acredita la estancia en España y que según normativa ha de ser inferior a 90 días.









  • Hola buenas tardes,quería saber como hago para obtener una factorización para viajar a mi país, de la comisaria me han dado esta dirección ,que necesito para solicitarla









    • Buenos días, no entiendo bien su consulta, no entiendo la palabra “Factorización”.
      Un saludo


      Gestoría FGM






No, si no es Comunitario debe conseguir un permiso de trabajo y residencia para poder trabajar de forma legal en España. Este NIE como lo llama provisional no acredita ni residencia ni permiso de trabajo, solo acredita la estancia en España y que conforme normativa debe ser inferior a noventa días.

Hola buenas tardes,quería saber como hago para conseguir una factorización para viajar a mi país, de la comisaria me han dado esta dirección ,que necesito para solicitarla




  • Buenos días, no entiendo bien su consulta, no comprendo la palabra “Factorización”.
    Un saludo


    Gestoría FGM





Buenos días, no entiendo bien su consulta, no comprendo la palabra “Factorización”.
Un saludo

Gestoría FGM

Hola! Es posible pedir el certificado Unión Europea en una oficina distinta a Avenida Padre Piquer de Aluche? Nosotros hemos pedido la cita pero los tiempos de espera son enormes! Nosotros vamos a vivir en Mostoles con mi familia temporalmente (donde nos empadronaremos). Es posible realizar el tramite en la comisaria local sin cita anterior? Gracias!





  • Hoy en día casi todos los trámites de la Administración De España se hacen con cita previa, con lo que no es posible acudir a la Policía para la obtención del Certificado de Registro de la Unión Europea sin cita anterior.


    Respecto al domicilio, en la villa de Madrid la única oficina que lo tramita está situada en Aluche, en la Avenida Padre Piquer como menciona.





Hoy en día prácticamente todos los trámites de la Administración Española se hacen con cita previa, con lo que no es posible acudir a la Policía para la obtención del Certificado de Registro de la Unión Europea sin cita anterior.

Respecto al domicilio, en la villa de Madrid la única oficina que lo tramita está ubicada en Aluche, en la Avenida Padre Piquer como usted menciona.

Buenas tardes necesito una cita en la capital de España para familiar de comunitario. Madre colombiana con hijo menor de España gracias.





  • Buenas tardes, para la petición de Familiar Comunitario debe pedirse cita mediante la Web de extranjería. Si necesita más información o bien que le ayudemos con el trámite no dude en ponerse en contacto. A día de hoy esta gestoría está consiguiendo cita en un plazo de 25-30 días desde la solicitud









    • Hola tengo nacionalidad de España y d origen peru.
      necesito un Certificado del tiempo de residencia en españa a fin de solicitar pension no contributiva….
      Tengo ochenta y seis años y vivo en Vivienda de mayores….podria ud hacerme la gestion.
      grscias








      • Buenas tardes, el certificado según nos indica no puedo determinar precisamente a que se refiere. Es posible que lo que necesite sea un certificado de empadronamiento. Sería mejor que nos escribiera un e mail a para apuntarnos precisamente lo que precisa así como la copia de la petición para saber precisamente lo que precisa.







Buenas tardes, para la petición de Familiar Comunitario debe solicitarse cita mediante la Web de extranjería. Si precisa más información o bien que le asistamos con el trámite no dude en ponerse en contacto. A día de hoy esta gestoría está consiguiendo cita en un plazo de veinticinco-treinta días desde la solicitud





  • Hola tengo nacionalidad española y d origen peru.
    necesito un Certificado del tiempo de residencia en españa a fin de pedir pension no contributiva….
    Tengo ochenta y seis años y vivo en Residencia de mayores….podria ud hacerme la gestion.
    grscias









    • Buenas tardes, el certificado según nos indica no puedo determinar precisamente a que se refiere. Puede que lo que necesite sea un certificado de empadronamiento. Sería mejor que nos escribiera un mail a para apuntarnos exactamente lo que necesita como la copia de la solicitud para saber exactamente lo que precisa.






Hola tengo nacionalidad española y d origen peru.
necesito un Certificado del tiempo de residencia en españa a fin de solicitar pension no contributiva….
Tengo 86 años y vivo en Vivienda de mayores….podria ud hacerme la gestion.
grscias





  • Buenas tardes, el certificado según nos indica no puedo determinar precisamente a que se refiere. Es posible que lo que necesite sea un certificado de empadronamiento. Sería mejor que nos escribiera un correo a para señalarnos exactamente lo que necesita así como la copia de la petición para saber precisamente lo que precisa.




Buenas tardes, el certificado según nos indica no puedo determinar exactamente a que se refiere. Es posible que lo que necesite sea un certificado de empadronamiento. Sería mejor que nos escribiera un correo electrónico a para apuntarnos precisamente lo que precisa como la copia de la petición para saber precisamente lo que precisa.

Buenas noches
¿Debo pedir el NIE de un no residente que desea registrar su sociedad en España , en Avda de los poblados?
Tengo todos los poderes necesarios para esto. ¿Cuanto tiempo tardaría y qué costo tendría?
Gracias





  • Efectivamente, si es para un NO RESIDENTE el NIE se pide en la Avenida de os poblados y con cita previa. Este tipo de NIE sólo acredita estancia y nunca residencia.
    El tiempo depende de la cita previa.









  • Buenas,hice tramite de tarjeta comunitaria favorable pero no puedo hallar cota anterior por la web,si me acerco podrían darme l algún consejo de horarios?









    • Buenos días, no entiendo la cita previa a fin de que la precisa ahora. ¿Tiene la resolución favorable de la solitud de la Tarjeta Comunitaria?


      Un saludo, Gestoría FGM






Efectivamente, si es para un NO RESIDENTE el NIE se pide en la Avenida de os poblados y con cita previa. Este tipo de NIE sólo acredita estancia y jamás residencia.
El tiempo depende de la cita previa.

Buenas,hice tramite de tarjeta comunitaria favorable mas no puedo hallar cota previa por la página web,si me acerco podrían darme l algún consejo de horarios?





  • Buenos días, no entiendo la cita anterior para que la necesita ahora. ¿Tiene la resolución favorable de la solitud de la Tarjeta Comunitaria?


    Un saludo, Gestoría FGM




Buenos días, no comprendo la cita anterior para que la necesita ahora. ¿Tiene la resolución conveniente de la solitud de la Tarjeta Comunitaria?

Un saludo, Gestoría FGM

Buenas tarde,quiero renovar nie que me caduca el 30/11/2018,lo tuve permanentedurante 5 años,por favor que debo hacer,en donde lo renueva,gracias





  • Buenas tardes, para poder informarla correctamente precisaría saber que género de NIE tiene usted. Debería mandarme por mail una imitación de su permiso de trabajo y vivienda para poder indicarla si la renovación puede hacerse telemáticamente o por medio de registro. A día de hoy la mayor parte de permisos se gestionan online.





Buenas tardes, para poder informarla adecuadamente precisaría saber que tipo de NIE tiene . Debería mandarme por mail una imitación de su permiso de trabajo y vivienda para poder apuntarla si la renovación puede hacerse telemáticamente o por medio de registro. Hoy la mayoría de permisos se tramitan en línea.

hola! un amigo le han dado la residencia no rentable donde debe dirigirse para la obtención de exactamente la misma?
un saludo

Hola buenas tardes, soy familiar de un CU con NIE resuelto favorable que documentos debo presentar para solicitar la tarjeta de vivienda permanente y tras la resolución en que tiempo debo pedir Cita Previa





  • Buenas tardes, para la renovación de residencia de larga duración debe presentar original y copia del pasaporte y foto actualizada y recoger posteriormente su nuevo permiso. Mas creo que charlamos de cosas diferentes por lo que lo más aconsejable es que nos envíe una copia de su permiso de trabajo y sobre la copia vamos a poder aconsejarle y también indicarle presupuesto por la administración.









    • Buenas tardes mi NIE está. Apuntó de caducar ,lo tuve por cinco años quiero mudarlo por régimen inicial que debo hacer









      • Buenos días, no entiendo su pregunta de volver a mudarlo a régimen inicial. Es mejor que se ponga en contacto con nosotros por e-mail a


        En cuanto a la renovación, desde esta Gestoría Administrativa podemos encargarnos de su renovación del NIE sin problemas.


        Un saludo y gracias por contactar con nuestra WEB






Buenas tardes, para la renovación de residencia de larga duración debe presentar original y copia del pasaporte y fotografía actualizada y recoger posteriormente su nuevo permiso. Mas creo que hablamos de cosas diferentes por lo que lo más recomendable es que nos mande una imitación de su permiso de trabajo y sobre la copia podremos asesorarle e apuntarle presupuesto por la gestión.





  • Buenas tardes mi NIE está. Apuntó de caducar ,lo tuve por 5 años deseo cambiarlo por régimen inicial que debo hacer









    • Buenos días, no comprendo su pregunta de volver a cambiarlo a régimen inicial. Es mejor que se ponga en contacto con nosotros por e-mail a


      En cuanto a la renovación, desde esta Gestoría Administrativa podemos encargarnos de su renovación del NIE sin inconvenientes.


      Un saludo y gracias por contactar con nuestra WEB






Buenas tardes mi NIE está. Apuntó de caducar ,lo tuve por cinco años deseo mudarlo por régimen inicial que debo hacer





  • Buenos días, no entiendo su pregunta de volver a mudarlo a régimen inicial. Es mejor que se ponga en contacto con nosotros por e mail a


    En cuanto a la renovación, desde esta Gestoría Administrativa podemos encargarnos de su renovación del NIE sin problemas.


    Un saludo y gracias por contactar con nuestra WEB




Buenos días, no comprendo su pregunta de regresar a mudarlo a régimen inicial. Es mejor que se ponga en contacto con nosotros por e mail a

En cuanto a la renovación, desde esta Gestoría Administrativa podemos encargarnos de su renovación del NIE sin inconvenientes.

Un saludo y gracias por contactar con nuestra WEB

Hola,
Tengo número de NIE hace 3 años(pero no hoja verde ,es hoja blanca) y quiero renovarlo, de qué manera y dónde se puede hacer(vivo en Alcorcón)?





  • Buenas tardes, esa hoja blanca donde aparece el número del NIE (Número de Identificación del Extranjero) es un documento que no acredita RESIDENCIA sino más bien ESTANCIA. O sea si no pone en la parte inferior de la hoja alguna fecha de caducidad no tiene que renovarlo puesto que es indefinido.
    En función de su Nacionalidad (Comunitario o No Comunitario) puede que tenga opciones de poder obtener el NIE Comunitario o Certificado de Registro de la UE.


    Para cualquier duda que tenga, puede ponerse en contacto con nosotros.


    Un saludo





Buenas tardes, esa hoja blanca donde aparece el número del NIE (Número de Identificación del Extranjero) es un documento que no acredita RESIDENCIA sino ESTANCIA. Es decir si no pone en la parte inferior de la hoja alguna fecha de caducidad no tiene que renovarlo puesto que es indefinido.
En función de su Nacionalidad (Comunitario o No Comunitario) es posible que tenga opciones de poder conseguir el NIE Comunitario o Certificado de Registro de la Unión Europea.

Para cualquier duda que tenga, puede ponerse en contacto con nosotros.

Un saludo

Buenas tardes, me agradaría hacerle una pregunta por favor.
Soy italiana y tengo mi tie vencido. Debo renovarlo, donde debo hacer ese trámite? En avenida de los poblados?
Mire en la red de redes y no me deja sacar cita anterior para informacion.
Muchísimas gracias por su afabilidad.





  • Buenas tardes, habría que ver a que género de TIE se refiere pues siendo Comunitaria no debería de caducar. Si reside en la capital española debe pedir el Certificado de Registro de la Unión Europea en la Av Padre Piquer y con cita anterior.


    Si precisa más información, que le solicitemos la cita anterior, el modelo de solicitud y la tasa de pago no dude en llamarnos o pasar por nuestras oficinas.


    En ocasiones un buen asesoramiento e información, evitan muchos fallos y demoras en la tramitación de estos expedientes.


    Un saludo





Buenas tardes, habría que ver a que tipo de TIE se refiere puesto que siendo Comunitaria no debería de caducar. Si radica en Madrid debe solicitar el Certificado de Registro de la UE en la Av Padre Piquer y con cita anterior.

Si necesita más información, que le solicitemos la cita anterior, el modelo de solicitud y la tasa de pago no dude en llamarnos o bien pasar por nuestras oficinas.

En ocasiones un buen asesoramiento y también información, evitan muchos errores y demoras en la tramitación de estos expedientes.

Un saludo

Buenas tardes, soy ciudadano comunitario y he pedido el certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea el día siete de noviembre, al instante de la petición mi contrato laboral no cumplía con el salario mínimo requerido para esta petición, con lo que mi expediente fue enviado a delegación de gobierno para su siguiente aprobación, indicandome que en un plazo no mayor a tres meses me llegaría contestación vía correo postal. Dos semanas mas tarde mi contrato fue mejorado (ahora si cumpliendo con el requisito del sueldo), pero aún no he recibido la contestación por correo postal. Existe alguna forma de contrastar el estatus de este trámite? Ya que en la avenida padre piquer no me dan información al respecto y por el portal web de extranjeria no logro verificar dicho estatus. Me urge muchisimo precisar este documento. Mil gracias por adelantado por la ayuda que me puedan brindar.





  • En este caso y una vez ya presentado el expediente, si éste tiene número de registro se puede procurar anexar al expediente el contrato mejorado mas me temo que este tipo de trámites de obtención del Certificado de Registro de la Unión europea no está registrado electrónicamente y por lo tanto no va a poderse anexar. ¿Tiene usted ya asignado un número de NIE?


    Por lo tanto la espera de los 3 meses que le anunciaban es posible que sea cierto.


    Un saludo





En este caso y una vez ya presentado el expediente, si éste tiene número de registro se puede intentar adjuntar al expediente el contrato mejorado mas temo que este género de trámites de obtención del Certificado de Registro de la Unión europea no está registrado electrónicamente y por tanto no va a poderse adjuntar. ¿Tiene ya asignado un número de NIE?

Por lo tanto la espera de los tres meses que le anunciaban puede que sea cierto.

Un saludo

Buenas tardes, soy ciudadano comunitario y tengo que solicitar mi NIE. Mi empresa me ha preguntado a fin de que lo realizo antes del 24 de enero. Pero no podria conseguir una cita anterior ya antes del 5 de febrero. Que puedo hacer? esta plenamente imposible obtener el NIE ya antes del 24 de enero?

Ademas, no hallaba la comisaria cuando fui el otro dia para ver, como no hubo una direccion exacto (o bien no habia numero de la comisaria). Es verdad que la direccion es Avenida de Poblados cincuenta y uno?

Un saludo cordial, y mil gracias de antemano.





  • Buenas tardes, la verdad es que para solicitar el NIE es obligatorio solicitar CITA PREVIA y esta no es que sea de la noche a la mañana. De todas y cada una formas la asignación del NIE (Número de Identificación de Extranjero) no se obtiene de igual forma y procedimiento para todos los ciudadanos extranjeros, los ciudadanos Europeos tiene un procedimiento, los no comunitarios tienen otro procedimiento y por ejemplo, los familiares de comunitarios tienen un procedimiento diferente.


    Los domicilios de las comisarias de Policía para producir estos NIE son asimismo diferentes en función de cada procedimiento. De ahí que si está en la capital de España, es mejor que pase por nuestras oficinas para poder explicárselo y gestionarlo.





Buenas tardes, lo cierto es que para pedir el NIE es obligatorio pedir CITA PREVIA y esta no es que sea de la noche a la mañana. De todas y cada una formas la asignación del NIE (Número de Identificación de Extranjero) no se obtiene de exactamente la misma forma y procedimiento para todos los ciudadanos extranjeros, los ciudadanos Europeos tiene un procedimiento, los no comunitarios tienen otro procedimiento y por ejemplo, los familiares de comunitarios tienen un procedimiento diferente.

Los domicilios de las comisarias de Policía para producir estos NIE son asimismo diferentes en función de cada procedimiento. Por eso si está en Madrid, es mejor que pase por nuestras oficinas para poder explicárselo y gestionarlo.

Hola Buenas tardes, soy ciudadano comunitario y tengo que conseguir el NIE. Mi empresa me ha preguntado para que lo realizo ya antes del 24 de Enero. Lo que sea imposible pues no tengo una cita hasta el cinco de febrero.

Hay algo que puedo hacer para obtenerlo ya antes del 24 de enero?

Un saludo

Buenas noches,
soy ciudadano comunitario y ya tengo turno para tramitar el NIE no residente, mi consulta sería si en el ex--15 coloco la opción por intereses de tipo económico y como justificante pongo apertura de cuenta corriente, me lo dan?
Mi consulta es pues en turno precedente puse la opción por intereses profesionales y les dije que era para buscar empleo y me dijeron que no es necesario el NIE, mas el tema es que en cada entrevista que tengo me lo están pidiendo, como seria la mejor opcion y justificante?

desde ya muchas gracias por su ayuda,
saludos





  • Buenas tardes, el problema de su consulta es que la asignación del NIE se puede hacer por múltiples posibilidades, pero el tener el NIE no quiere decir que le de derecho a trabajar en España.


    En función de la nacionalidad que usted tenga este NIE o bien número de Identificación de Extranjero puede darle capacidad jurídica para poder radicar y trabajar en España o bien, le de la posibilidad de tener una estancia legal en España por un tiempo máximo de noventa días.


    Pase por nuestras oficinas en la capital de España para poder ampliarle más información de este tema sobre la asignación del NIE, Certificado de Registro de la Unión europea o bien permiso de residencia y trabajo. Evitará darse paseos por las diferentes oficinas de Extranjería y ahorrar tiempo en la gestión de su NIE.





Buenas tardes, el inconveniente de su consulta es que la asignación del NIE se puede hacer por múltiples posibilidades, mas el tener el NIE no quiere decir que le de derecho a trabajar en España.

En función de la nacionalidad que tenga este NIE o número de Identificación de Extranjero puede darle capacidad jurídica para poder residir y trabajar en España o, le de la posibilidad de tener una estancia legal en España por un tiempo máximo de noventa días.

Pase por nuestras oficinas en la villa de Madrid para poder ampliarle más información de este tema sobre la asignación del NIE, Certificado de Registro de la Unión europea o permiso de vivienda y trabajo. Evitará darse paseos por las diferentes oficinas de Extranjería y ahorrar tiempo en la gestión de su NIE.

Hola. Buenas tardes. Soy italiana y vivo en la capital de España. Mi padre es brasileño y no tiene ciudadanía europea. Puedo obtener un permiso de vivienda pa ? Desde ya gracias por su ayuda.





  • Buenos días, al ser tú ciudadana de la UE y tener el Certificado de Registro de la Unión Europea, se puede solicitar un permiso de trabajo y Residencia para tu padre al depender de ti. Pero se debe tener toda la información y documentación precisa para poder darte una respuesta 100 por cien perfecta.





Buenos días, al ser ciudadana de la UE y tener el Certificado de Registro de la Unión Europea, se puede solicitar un permiso de trabajo y Vivienda para tu padre al depender de ti. Pero se debe tener toda la información y documentación precisa para poder darte una contestación 100 por ciento perfecta.

Hola…tengo en nie y se me borro las letras y los nr donde debo acudir a mudarlo?

Hola. La persona que trabaja en mi casa fue hace un mes exactamente a la oficina de Aluche a poner sus huellas para renovar su permiso de vivienda y ahora tiene que ir a recoger el documento. podríais señalarme cuál es el horario para recogerlo y también si es conveniente que espere unos días más por si acaso todavía no estuviera? Fue hace 30 días.muchas gracias!





  • En la propia Policía (cuando se va a poner la huella una vez resuelto-favorable el expediente de renovación del permiso de trabajo) informan que se vaya en 20-treinta días a recoger el NIE en el momento en que se han puesto las huellas. El horario es de 09’00 a 14’00 y 16’00 a 19’00 de lunes a Viernes. A día de hoy de momento los lunes acostumbra a ser el día de más afluencia con lo que no es conveniente ir los lunes y por las tardes acostumbra a haber menos gente recogiendo el NIE. De todas y cada una maneras la afluencia de cada lunes y lo de las tardes puede cambiar en cualquier instante.





En la propia Policía (cuando se va a poner la huella una vez resuelto-favorable el expediente de renovación del permiso de trabajo) informan que se vaya en 20-30 días a recoger el NIE cuando se han puesto las huellas. El horario es de 09’00 a 14’00 y 16’00 a 19’00 de lunes a Viernes. Hoy de momento los lunes acostumbra a ser el día de más afluencia con lo que no es recomendable ir los lunes y por las tardes suele haber menos gente recogiendo el NIE. De todas y cada una formas la afluencia de cada lunes y lo de las tardes puede cambiar en cualquier instante.

Buenas tardes, para registrarme como autónomo, siendo ciudadano de la union europea, debo gestionar primero el NIE ? para firmar un contrato de trabajo asimismo es preciso conseguir primero el NIE? aclaro que aun no tengo residencia en España, gracias





  • Buenos días, no comprendo que quiere decir que aún no tiene vivienda en España.
    Si es integrante de la UE, pude radicar en España sin ningún problema y trabajar. Como me indica si va a darse de alta como autónomo debe tener primero el número del NIE.
    Si desea puede ponerse en contacto con nosotros para ayudarle a conseguir el CERTIFICADO DE REGISTRO DE LA UNION EUROPEA.
    Le copio un link de las obligaciones mínimas como autónomo:





Buenos días, no entiendo que quiere decir que aún no tiene vivienda en España.
Si es miembro de la UE, pude radicar en España sin inconveniente y trabajar. Como me señala si va a registrarse como autónomo debe tener primero el número del NIE.
Si desea puede ponerse en contacto con nosotros para ayudarle a conseguir el CERTIFICADO DE REGISTRO DE LA UNION EUROPEA.
Le copio un link de las obligaciones mínimas como autónomo:

Tengo el Certificado de Registro de la UE mas se han borrado las letras donde puedo acudir para cambiarlo.





  • Buenas tardes, debe realizar exactamente el mismo procedimiento que cuando lo pidió por vez primera. Hoy en día es un trámite personal y a través de cita anterior.
    Si quiere, desde la Gestoría FGM podemos asistirle en la petición de la cita anterior, aconsejarle en cuanto a la documentación que precisa y en la confección de toda la documentación a fin de que pueda obtener la nueva copia del CERTIFICADO DE REGISTRO DE LA UNION EUROPEA el día de la cita sin problemas, y de esta manera no deba volver una segunda vez en el caso de error o bien falta de documentación.





Buenas tardes, debe realizar exactamente el mismo procedimiento que cuando lo solicitó por primera vez. Hoy en día es un trámite personal y mediante cita anterior.
Si desea, desde la Gestoría FGM podemos asistirle en la solicitud de la cita anterior, asesorarle en lo que se refiere a la documentación que precisa y en la confección de toda la documentación a fin de que pueda conseguir la nueva copia del CERTIFICADO DE REGISTRO DE LA UNION EUROPEA el día de la cita sin problemas, y así no deba regresar una segunda vez en el caso de fallo o falta de documentación.

Hola buen día quisiera saber si tarda en darme la cita y ya estoy de alta tendría inconveniente para poner la huella 1 mes después del resuelto conveniente xq me dicen que solo vale 1 mes y como no hay cita recién saqué para el día 12 de agosto me valdria igual me puedes ayudar gracias





  • Buenas tardes, una vez RESUELTO FAVORABLE su permiso de Vivienda y Trabajo, como afirma debe pedir cita anterior para poner la huella. Al solicitar la huella a través de Internet el sistema graba la fecha de petición que es lo que importa a efectos del cómputo de los plazos. LA dilación de la Administración en darle la fecha para poner la huella en el Organismo correspondiente ya no es problema suyo. Si quiere que le asistamos a producir la petición de la huella, la confección del pago de la Tasa y le aconsejemos en cuanto a la documentación que precisa llevar, no dude en decírnoslo.





Buenas tardes, una vez RESUELTO FAVORABLE su permiso de Residencia y Trabajo, como dice debe pedir vez anterior para poner la huella. Al solicitar la huella a través de Internet el sistema graba la data de petición que es lo que importa a efectos del cómputo de los plazos. LA dilación de la Administración en darle la fecha para poner la huella en el Organismo pertinente ya no es problema suyo. Si desea que le ayudemos a generar la solicitud de la huella, la confección del pago de la Tasa y le asesoremos en cuanto a la documentación que precisa llevar, no dude en decírnoslo.

Hola estoy esperando por mi NIE me han dicho que al pasar 30 días puedo ir a retirarlo el caso es que me han bloqueado la cuenta bancaria por no tener documentos en videncia podria ir ya antes de los 30 días a retirarlo y me lo dan? O bien dedo esperar





  • Buenos días, no se si te refieres a que una vez hayas puesto las huellas en la Policía, debes pasar por el NIE, lo que es es cierto que solo quien emite dicho documento puede3 decirte si está ya listo para recoger o bien no.





Buenos días, no se si te refieres a que una vez hayas puesto las huellas en la Policía, debes pasar por el NIE, lo que es es cierto que solo quien emite dicho documento puede3 decirte si está ya listo para recoger o no.

Buenas tardes . Mi NIE vence el 3 de nov 2019 y no se como sacar la cita vía internet, mi problema es que tengo una discapacidad , utilizo oxígeno las veinticuatro horas y mi portátil tiene unas tres horas de autonomía, y no me es posible trasladarme al los donados pues camino muy lentísimo vaya que no podría durar tanto mi oxígeno para realizar ese trámite.





  • Buenas tardes, en ese caso podemos presentarla por de forma telemática si su tarjeta admite ese trámite. Aún está en plazo para su presentación
    Debería enviarnos la copia del NIE por ambos lados y le responderemos con las posibilidades y los honorarios.


    Un saludo Gestoría FGM





Buenas tardes, en ese caso podemos presentarla por usted de forma telemática si su tarjeta admite ese trámite. Aún está en plazo para su presentación
Debería mandarnos la copia del NIE por los dos lados y le contestaremos con las posibilidades y los honorarios.

Un saludo Gestoría FGM

Hola. Soy Jenny. En la actualidad tengo una tarjeta por 5 años por régimen comunitario por familiar . Envié mi documentación para gestionar la tarjeta de residente permanente por familiar ( la de vigencia de 10 años), no obstante, mi tarjeta vence el 19/10/2019 . Quería preguntarles si puedo hacer el trámite por Lana plataforma electrónica Mercurio, afirman q es más veloz la revisión ? Ya q temo q la documentación prosiga en el registro y además no sé si lo envié correctamente, ya q se envío a la delegación de la capital de España.

Podrían ayudarme?





  • Correcto, tramitarlo por la plataforma electrónica es mucho más recomendable que hacerlo por registro, la Administración así lo dice y recomienda.
    Si todavía no sabe nada de su petición, podría ser interesante regresar a presentar la renovación de forma telemática.
    Debería enviarnos una copia por los dos lados del NIE y la documentación a apresentar, en cuanto lo recibamos la respondemos.
    Un saludo Gestoría FGM





Correcto, gestionarlo por la plataforma electrónica es considerablemente más recomendable que hacerlo por registro, la Administración así lo afirma y aconseja.
Si aún no sabe nada de su solicitud, podría ser interesante regresar a presentar la renovación de forma telemática.
Debería mandarnos una copia por ambos lados del NIE y la documentación a apresentar, cuando lo recibamos la respondemos.
Un saludo Gestoría FGM

Buenos Días.
Vivi en España durante 2003/2004 y fui asignado un numero de NIE.
Figura en una tarjeta de residente (Regimen comunitario) vencida en 2008.
Ese NIE prosigue siendo mio o este numero caduca.
En el caso de que el NIE prosiga siendo mio y mi intencion fuera darme de alta como autonomo. ¿Que es lo que deberia hacer al llegar a España?.

Gracias y Saludos.





  • Buenos días, precisaría saber su Nacionalidad para ver las opciones que tiene para tener de nuevo el Permiso de Vivienda y Trabajo en España a su llegada.
    Vendría a la capital española para poder tener una entrevista en la Gestoría?





Buenos días, necesitaría saber su Nacionalidad para ver las opciones que tiene para tener de nuevo el Permiso de Residencia y Trabajo en España a su llegada.
Vendría a la capital de España para poder tener una entrevista en la Gestoría?

Hola, buen día. Uds. pueden conseguir cita previa para toma de huellas para Tarjeta de Residente como Residente Familiar de Comunitario? La fecha más próxima es para en tres meses…





  • No, la gestión de la cita previa para la toma de huellas se hace en internet y es automática.


    Desde la Gestoría FGM no podemos administrar ninguna cita para la toma de huellas que no sea a través de la Web de Extranjería.


    Cosa diferente es la renovación del NIE para Familiar Comunitario, en este caso podemos ayudarle a renovarlo.


    Gestoria FGM





No, la gestión de la cita previa para la toma de huellas se hace por internet y es automática.

Desde la Gestoría FGM no podemos administrar ninguna cita para la toma de huellas que no sea por medio de la Web de Extranjería.

Cosa diferente es la renovación del NIE para Familiar Comunitario, en un caso así podemos asistirle a renovarlo.

Gestoria FGM

Buenos días
Soy colombiano Tengo el NIE vencido ya he solitado la prórroga por estudios pero aún no dan respuesta tengo un viaje la otra semana a Francia. Puedo viajar presentando el resguardo de la petición de la prórroga, el NIE y el pasaporte ??
La autorización de regreso la sacó cuando salgo de la Unión Europea o bien tendría que sacarla para este caso??(no hay citas próximas para ya antes del viaje)





  • Buenas tardes para viajar teniendo el NIE caducado debe contar con una autorización de regreso. En el caso de tener la cita para después del viaje debería consultar en Policía si le pueden asistir y adelantarlo.


    GESTORIA FGM





Buenas tardes para viajar teniendo el NIE caducado debe contar con una autorización de regreso. En el caso de tener la cita para tras el viaje debería preguntar en Policía si le pueden ayudar y adelantarlo.

GESTORIA FGM

Buenas tardes,
Tengo pasaporte comunitario, incluso no me encuentro en España, la empresa que me va a contratar por contrato de pero de tres meses (Sede Girona) me indica que al llegar debo obtener NIE para hacerme contrato laboral?. Estoy gestionando la cita a traves del portal y hay disponibilidad en la capital española (sede av poblados). Procedo con la cita anterior allí? Es posible a pesares que mi lugar de residencia y trabajo será fuera de la capital española?
Como observación: En Girona (no gestionan NIE de acuerdo al portal web), Tarragona y Barcelona (me señala que no hay disponibilidad de citas)
Gracias de antemano





  • Buenas tardes, al tener el Pasaporte Comunitario el alta en la Seguridad Social es suficiente con el Pasaporte. Debe presentar en la Administración copia del Pasaporte, copia del Contrato de Trabajo de más noventa días y copia del Alta en la Seguridad Social.


    En principio no se solicita ningún certificado de empadronamiento con lo que si viene a Madrid a solicitarlo posiblemente no tenga problema, pero eso puede cambiar a criterio de la Administración.


    Un saludo





Buenas tardes, al tener el Pasaporte Comunitario el alta en la Seguridad Social es suficiente con el Pasaporte. Debe presentar en la Administración copia del Pasaporte, copia del Contrato de Trabajo de más noventa días y copia del Alta en la Seguridad Social.

En principio no se solicita ningún certificado de empadronamiento por lo que si viene a la capital de España a pedirlo probablemente no tenga problema, mas eso puede mudar a criterio de la Administración.

Un saludo

BUENAS TARDES, SOY DE LA COMUNIDAD EUROPEA, PASAPORTE PORTUGUES, CON EL PASAPORTE PUEDO OBTENER NUMERO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y ME PUEDAN DAR DE ALTA? YA QUE NECESITO ESTAR DE ALTA PARA SOLICITAR CERTIFICADO DE LA UNION EUROPEA… PERO ME HAN DICHO QUE PARA QUE ME DEN DE ALTA TE PIDEN NIE, ENTONCES NO SE TENGO ESA DUDA





  • Efectivamente, la Legislación indica una cosa y las Empresas no desean ir por ese camino y por eso le demandan primero el NIE. Me temo que en esta lucha es la Policía quien tiene las de ganar y por consiguiente la Empresa debe ir admitiendo el dar de alta a los empleados con número de Pasaporte y posteriormente alterar al NIE una vez se obtenga.


    Ahora pregunto, ¿Y si el trabajador una vez de alta solicita la baja voluntaria y nunca me entrega copia o bien número del NIE, que hacemos con el modelo ciento noventa anual de Hacienda?


    Ese es el miedo de todos nosotros en este tema y nuestras cautelas.


    Un saludo


    Francisco





Efectivamente, la Legislación indica una cosa y las Empresas no desean ir por ese camino y de ahí que le exigen primero el NIE. Me temo que en esta lucha es la Policía quien tiene las de ganar y en consecuencia la Empresa debe ir aceptando el dar de alta a los empleados con número de Pasaporte y más tarde alterar al NIE una vez se consiga.

Ahora pregunto, ¿Y si el trabajador una vez de alta solicita la baja voluntaria y nunca me entrega copia o número del NIE, que hacemos con el modelo 190 anual de Hacienda?

Ese es el miedo de todos nosotros en este tema y nuestras cautelas.

Un saludo

Francisco

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  • Buenos días, hoy día entre el COVID19 y las vacaciones el tema de las citas es muy difícil de conseguir.

    Esperemos que en el mes de Septiembre se arregle. Si precisa ayuda para rellenar el formulario o tasa y la documentación precisa no dude en ponerse en contacto con nosotros.


    Un saludo, Francisco





Buenos días, en nuestros días entre el COVID19 y las vacaciones el tema de las citas es muy difícil de obtener.

Esperemos que en el mes de Septiembre se arregle. Si precisa ayuda para rellenar el formulario o tasa y la documentación precisa no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Un saludo, Francisco

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  • Buenos días, hoy día entre el COVID19 y las vacaciones el tema de las citas es muy difícil de conseguir.


    Esperemos que en el mes de Septiembre se arregle. Si necesita ayuda para rellenar el formulario o tasa y la documentación necesaria no dude en ponerse en contacto con nosotros.


    Un saludo, Francisco





Buenos días, hoy en día entre el COVID19 y las vacaciones el tema de las citas es muy difícil de obtener.

Esperemos que en el mes de Septiembre se arregle. Si necesita ayuda para rellenar el formulario o tasa y la documentación necesaria no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Un saludo, Francisco



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SPOILER ALERT!

Abogado En Inmigración

Abogado En Inmigración



Quiero que conozcas a alguien... un reconocido abogado en inmigración.
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Hice una cita con un abogado en inmigración para mañana en la mañana a las 11.

Otros resultados



Reubicarse en Panamá y obtenerla residencia legal puede ser más fácil a través de el uso de nuestros experimentados abogados en inmigración.



Un número de empleadores australianos están dispuestos a auspiciar trabajadores para visas temporales y permanentes.Como abogados en inmigración en Australia, hemos ayudado y asesorado a gente que inmigra a Australia desde Europa, Asia, América y África.



Foto: Jessica WebbGabrielle Lozano, de L's Café y Amparo Vigil, de Puerto Alegre, preguntan a la abogada en inmigración, Megan Sallomi cuestiones concretas sobre ICE y cómo lidiar con situaciones en las que dicha agencia se presente en negocios.



Y a estos hombres ni tan siquiera se les ofreció un abogado especializado en Inmigración.
abogados expertos en inmigración abogados extranjeria fuengirola



Debido a que es un proceso complicado, se aconseja consultar un abogado especialista en inmigración.



Invitada: Rosalba Piña, Abogada en Derecho de Inmigración y Ciudadanía, comentarista frecuente, Chicago, IL.



Nos complace poder ofrecer servicios fiables en inmigración a bajo costo, y bajo la supervisión de una abogada especializada en inmigración, dijo Diana Tellefson, directora ejecutiva de la Fundación UFW.



Recurrimos a un abogado especializado en inmigración y, realmente, se sorprendió por el hecho de que había trabajado en Inmigraciones durante 15 años.



¿Qué deben hacer los jóvenes indocumentados ahora? La abogada especialista en inmigración, Rosalba Piña, conduce este programa desde Chicago y responde a las preguntas de los radioescuchas sobre el qué hacer y qué no hacer al pedir vivienda o bien naturalización.



Un representante de la campaña "Más respeto!" se une a este programa, que conduce desde Chicago Rosalba Piña, abogada especialista en inmigración. Piña también responde a las preguntas de los radioyentes sobre de qué forma y cuándo convertirse en ciudadano.










Es abogado de inmigración en mi viejo bufete.



Únicamente digo que tal vez tomaste el caso del pesticida... para que pudieras ser su abogado en el de inmigración.



Abogados de Inmigración en el Proceso de Visas para Inversores en Miami Los abogados de inmigración en Miami cumplen un fin importante en el proceso de la visa de inversor.



Para obtener el mejor Ohio Inmigración abogados en la empresa, AttorneysDelivered se "entregue".



Creo que hay una gran ansiedad , dijo David Leopold, un abogado de inmigración en Cleveland. Mire al presidente.



Aquí están ciertas opciones que meditar ahora y discutir con un abogado de inmigración en las próximas semanas.

SPOILER ALERT!

Carta De Invitación

Carta De InvitacióN

REQUISITOS DE LA SOLICITUD

El particular que pretenda obtener una carta de invitación en favor de un extranjero deberá dirigir su solicitud a la Comisaría de Policía de su sitio de vivienda, que va a ser la competente para su tramitación y expedición.

La petición va a deber contener los próximos extremos:

  1. Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, número del DNI o pasaporte, cuando se trate de de España, o pasaporte, tarjeta de identidad de extranjero o número de identidad de extranjero, cuando no ostente la nacionalidad española, y domicilio o sitio completo de vivienda.
  2. Manifestación expresa de su voluntad de invitar y de acoger a la persona convidada, bien en su domicilio primordial, que va a ser el arriba indicado, bien en una segunda residencia, en tal caso, determinará el sitio concreto.
    El invitante aportará documentación acreditativa de la disponibilidad de la residencia (escritura pública o bien título de propiedad, contrato de arrendamiento o cualquier otro documento análogo, conforme con la legislación civil actual).
  3. Relación o bien vínculo que mantiene con el convidado.
  4. Nombre, apellidos, sitio y fecha de nacimiento, nacionalidad, lugar específico de su vivienda o bien domicilio y número de pasaporte del convidado.
    Extraordinariamente, en los casos en los que la administración lo recomiende, la convidación va a poder referirse a varias personas, debiendo indicarse en la petición los datos antes mencionados respecto de cada una de ellas, así como la disponibilidad de domicilio para todas y cada una.
  5. Período durante el como está prevista la estancia del convidado, especificando, de forma aproximada, el primer y el último día de exactamente la misma.
  6. Ya antes de la firma, deberá constar que el invitante declara que la información expuesta es auténtica.
  7. En la solicitud, el invitante deberá hacer constar que está informado de que:
  1. El Código Penal tipifica como delito, en su artículo trescientos dieciocho. bis: «el que directa o indirectamente, fomente, favorezca o facilite el tráfico ilegal o la inmigración furtiva de personas desde, en tránsito o con destino a España, será castigado con la pena de 4 a 8 años de prisión».
  2. La Ley Orgánica 4/2000de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, considera infracción muy grave: «inducir, promover, favorecer o facilitar con ánimo de lucro, individualmente o formando una parte de una organización, la inmigración clandestina de personas en tránsito o bien con destino al territorio de España o bien su permanencia en exactamente el mismo, siempre que no forme delito», pudiendo imponerse sanción de multa desde 6.001 hasta 60.000 euros o bien expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada por un período de 3 a diez años, tal y como disponen sus artículos 54.1.b), 55.1.c) y 57.1.
  3. Los datos relativos a la identidad, número de pasaporte, nacionalidad y vivienda, tanto del convidado como del invitante, serán incorporados a un fichero de la Dirección General de la Policía, pudiendo ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación frente a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

TRAMITACIÓN

Una vez recibida la petición por la dependencia eficiente para su tramitación, esta iniciará su tramitación, nombrándose instructor del procedimiento, de cara a solucionar en el sentido que proceda con relación a la misma a la mayor brevedad posible.

Cuando por el instructor del procedimiento se juzgue pertinente, se podrá emplazar al demandante para sostener una entrevista con el objeto de comprobar su identidad, la valía de la documentación aportada y la veracidad de la información contenida en la solicitud. La incomparecencia, salvo fuerza mayor, en el plazo fijado, que no podrá exceder de quince días, generará el efecto de estimar al demandante desistido en el procedimiento.

RESOLUCIÓN

Una vez resuelta la petición, la autoridad competente avisará al interesado la resolución adoptada que, en el en caso de ser estimatoria, contendrá el aviso para recoger la Carta de Invitación.

La notificación de la resolución favorable de la solicitud de Carta de convidación surtirá efectos a fin de que se proceda al abono de la tasa correspondiente, en los términos previstos en las disposiciones actuales. cita previa toma de huellas El abono de la tasa habrá de efectuarse en el plazo de un mes desde la referida notificación, y el justificante de dicho abono va a deber aportarse para recoger la Carta de invitación.

La denegación, en su caso, de la solicitud de Carta de convidación deberá ser motivada y expresará los recursos que contra ella procedan, el órgano administrativo o bien judicial frente al que debiera presentarlos y el plazo para interponerlos.

MODELO DE SOLICITUD

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Enlaces Externos

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Abogado Extranjería Valencia Selva Lorente 669 140 526

Abogado Extranjería Valencia 【selva & Lorente】 【669 140 526】

Residencia legal para menores extranjeros

¿Para qué sirve una autorización de residencia? Se trata de una autorización que puede pedirse para los extranjeros menores no nacidos en España

Para solicitar esta autorización, debe tratarse de los hijos de residentes extranjeros que han conseguido previamente su permiso de vivienda legal en España.

Las situaciones para acceder a este permiso de residencia dependen de si el menor ha natural de España o bien si ha natural de un país extranjero. Por el mero hecho de nacer en España, no se adquiere el derecho a la nacionalidad española o bien la vivienda legal. Por lo tanto, le aconsejamos que consulte siempre y en toda circunstancia con un Abogado Extranjería Valencia, dónde nuestros abogados le explicarán cuál es su situación y cuáles son las medidas que debe adoptar al respecto para regularizar cuando antes su situación y la de su familia.

En el en caso de que desee regular la situación de sus hijos menores, ha de saber que pueden darse dos casos. Dependiendo de las circunstancias los requisitos y trámites necesarios variarán:

  • El primero, afecta a los menores no nacidos en España. En un caso así, es preciso acreditar una estancia continuada en España de dos años, su padre o madre debe haber conseguido su permiso de vivienda y contar con los medios de vida suficientes para su adecuada manutención, haber logrado el informe de vivienda conveniente, y que el menor esté escolarizado si tiene más de seis años.
  • El segundo, que afecte a un menor natural de España. Entonces, la solicitud debe presentarla personalmente el padre o bien la madre en el plazo de 6 meses desde el nacimiento o bien desde que cualquiera de los padres consigan la autorización de residencia, y acreditar que tiene permiso de residencia en vigor.

Algunos de los documentos importantes a presentar en un caso así serán el pasaporte del menor, inscripción de nacimiento donde se establezca que se trata del progenitor del menor, la tarjeta de identidad del extranjero, demostración de recursos económicos para mantener al menor, un documento que demuestre la escolarización del menor.

En este caso el número de documentos a presentar va a ser menor. Tan solo precisarás el certificado de nacimiento del menor y su el pasaporte, aparte de que el progenitor cuente con la tarjeta de identidad de extranjero. Además deberás abonar una tasa así sea si se trata de una vivienda temporal o bien a largo plazo.

Si precisa asesoramiento sobre materia y le resulta interesante saber si sus hijos pueden optar a la residencia legal en España, no dude en ponerse en contacto con nuestros abogados especialistas en extranjería.

Todo tipo de permisos de residencia y trabajo

Para poder trabajar en España siendo un ciudadano extranjero de fuera de la Unión Europea es necesario obtener un permiso obligatorio de vivienda y trabajo. Con este permiso podrás vivir y trabajar de forma legal en el país. Estos permisos variarán en el sentido de si se trata de un permiso de residencia y trabajo o bien de estudiante.

En el caso del permiso de estudiante solo se podrán contabilizar 20 horas de trabajo por semana, entendiendo que al unísono se compagine con los estudios. Se entiende que se trata de una experiencia laboral ligada a los estudios de toda persona. Si estás buscando empleo y eres estudiante puedes alargar tu visado de estudiante para buscar empleo. Además, una vez que hayas acabado la carrera, si tus estudios han durado más de tres años, podrás optar a a un permiso de trabajo siempre y cuando este tenga un contrato de más de un año y sea de más de 30 horas por semana.

Para pedir el permiso de vivienda y trabajo vamos a deber distinguir el trabajo por cuenta extraña o bien por cuenta propia. Si se trata de un trabajo para otra empresa se considerará de cuenta ajena. Este permiso habrá de ser pedido por el propio empleador.

Como requisito esencial para conseguir el permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena, aparte de tener un contrato de trabajo cuya fecha de inicio debe estar condicionada con la concesión del permiso, se debe hallar en situación legal en España y no tener ningún condicionante penal en España ni en ningún otro país en al menos los cinco años precedentes. Con el contrato de trabajo, además, el trabajador habrá de estar dado de alta en la Seguridad Social. Asimismo se deberá abonar el importe de la tasa correspondiente para obtener el permiso de residencia y trabajo.

Si está trabajando por cuenta propia, esto es es autónomo, deberá de asistir a la oficina del consulado de su país y obtener un permiso de mayor a noventa días y menor a cinco años. De igual forma que con el otro permiso, deberá de estar en situación totalmente legal en España y carecer de antecedentes penales, cumplir con los requisitos obligatorios elaborados por el gobierno de España para abrir su negocio, poseer algún género de titulación que acredite la profesión a la que se va a dedicar y contar con los medios de tipo económico suficientes para comenzar su nuevo proyecto empresarial y que por su parte pueda sostenerse en España.

Para ello precisará disponer del pasaporte vigente, autorizaciones y licencias precisas para arrancar su negocio, junto con la acreditación de que dispone del conocimiento para ejercer esa profesión aparte de un estudio que calcule la rentabilidad y que dispone del presupuesto preciso para comenzarlo.

Recuerde que, como expertos en Derecho de Extranjería, estamos capacitados para efectuar todos y cada uno de los trámites necesarios para la obtención de los permisos que necesite para que su residencia en España esté legalizada. Desde permisos de residencia tanto temporales como permanentes hasta permisos por arraigo, o tarjetas de estudiante en el caso de que desee cursar estudios oficiales en el país.

Por otro lado, asimismo nos encargamos de todas las gestiones relacionadas con la reagrupación familiar, o sea, a fin de que si usted ya reside legalmente acá, pueda traer a los suyos (cónyuge, hijos y/o ascendentes) para vivir en el país.

Puede visitar nuestro despacho de Letrado Extranjería Valencia, nuestros especialistas letrados le atenderán, resolverán sus dudas y le van a ayudar con todos y cada uno de los trámites.

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Cita Para El Dni Valencia

Cita Para El Dni Valencia

El sistema de cita previa documento de identidad en Valencia que se nos pone a predisposición desde la “Dirección General de la Policía” nos da la posibilidad de reservar una cita individual o múltiple para la renovación del documento de identidad, para poder reponerlo caso de que haya sido sustraído, o para proceder con la tramitación ante cualquier cambio que se haya producido en él (cómo puede ser un cambio de domicilio).

La urbe de Valencia cuenta con cinco puntos para la expedición o renovacion del pasaporte o Dnie. cita previa para carta de invitacion extranjeros

Tipos de citas para renovar el DNI

  • Individual: Este tipo de cita es el más clásico, es la que pedirá una persona de forma frecuente, o bien la que debemos seleccionar en el caso de que queramos sacarle el DNI a nuestro hijo por vez primera.
  • Múltiple: Por otro lado, tenemos esta clase de cita que sirve para poder hacer el trámite a múltiples personas al tiempo, tanto a la persona solicitante, como a un máximo de 3 personas. Caso de que te vayas a decantar por este género de cita, debes saber que la disponibilidad es algo más tediosa (debido a que no estás reservando el tiempo para una sola persona, si no para múltiples, lo que hará falta tener un espacio de hueco más grande).
  • Cita previa documento nacional de identidad por la red  por teléfono llama al 060 (teléfono oficial gratuito).

Oficinas donde renovar el documento de identidad en Valencia

En el siguiente listado que le ofrecemos tiene a predisposición toda la información precisa de las diferentes oficinas de expedición o comisarias de Policía donde puede solicitar cita anterior en Valencia para renovar el DNI.

Cita anterior Renovar documento de identidad Valencia Abastos

  • Dirección: C/ Buen Orden, s/n cuarenta y seis mil ocho – Valencia (Valencia)
  • Horario renovación DNIe: Lunes a Viernes de 9,00 a 14,30 h.
  • Horario renovación Pasaporte: Lunes a Viernes de nueve,00 a catorce,30 h.

Renovar documento nacional de identidad Valencia Hospital

  • Dirección: C/ Hospital nº 32 -bajo cuarenta y seis mil uno – Valencia (Valencia)
  • Horario renovación DNIe: Lunes a Viernes de nueve,00 a 14,30 h y de quince con cero a 20,30 h. Sábados de 09,00 a catorce,00 h.
  • Horario renovación Pasaporte: Lunes a Viernes de 9,00 a 14,30 h y de 15,00 a 20,30 h. Sábados de 09,00 a catorce,00 h.

Renovar documento de identidad Valencia Ruzafa

  • Dirección:C/ Zapadores, cincuenta y dos 46006 – Valencia (Valencia)
  • Horario renovación DNIe: Lunes a Jueves de 9,00 a veinte con cero h. Viernes de nueve,00 a catorce,30 h. y de 17,00 a 20,00 h. En Agosto de Lunes a viernes de 9:00 a 14:30.
  • Horario renovación Pasaporte: Lunes a Jueves de 9,00 a veinte con cero h. Viernes de nueve,00 a catorce,30 h. y de 17,00 a veinte con cero h. En Agosto de Lunes a viernes de 9:00 a 14:30.

Formas para solicitar la cita previa

Teléfono

La opción de pedir cita previa documento de identidad Valencia es la más tradicional.

Va a ser tan fácil como llamar a un número de teléfono, dar nuestros datos personales y oir la disponibilidad de citas que existe basándonos en nuestros criterios. Cuando encontremos una cita que se ajuste a ellos, tan solo tendremos que confirmar y vamos a recibir el SMS de conformación, o bien un mail, en nuestro teléfono móvil/bandeja de e mail.

Internet

Internet nos lo pone aún más fácil: en un caso así vamos a tener una interesante plataforma desde la cuál podremos cursar con la petición de la cita.

Para ello, nos pedirán los próximos datos:

  • Número de documento acreditativo, con la letra incluida.
  • Equipo de expedición (Se trata de un código que está situado en el reverso del documento de identidad, tanto de los clásicos, como de los nuevos DNIe).
  • Fecha de validez (La data de validez está ubicada en el anverso de los nuevos DNI y de los viejos.
  • En el en el caso de que seas extranjero y tengas el NIE, entonces deberás introducir algunos datos tales como el número del mismo, la letra, su fecha de calidez (que en este caso es el tercer campo que aparecerá en el anverso del documento, o en el último campo del certificado), así como el número de soporte (este se sitúa en el rincón superior derecha del anverso del NIE).

¿Quién puede solicitar una cita anterior para el documento de identidad?

  • Si quieres , entonces deberemos estar en predisposición de un DNI o bien de un NIE y que, como resulta lógico, este esté caducado.
  • Si no se tiene DNI y se es mayor de edad, será el padre, madre o tutor legal quien tendrá que pedir la cita por él, y acudir todos en el instante de la cita.
  • Si, por las razones que sean, se es mayor de edad, mas no se tiene DNI, no habrá otra forma de solicitarlo que acudiendo en persona a las delegaciones para proceder con el trámite en persona.
  • Es esencial rememorar que cuando asista a efectuar el tramite, la la debe de abonar en efectivo.

¿Se puede cambiar o bien anular la cita del documento de identidad?

Si, esto es una cosa que puedes hacer tanto a través del teléfono, como mediante la plataforma de Internet. Para seleccionar una cita nueva, deberás cancelar la anterior porque, en caso contrario, el sistema no te dejará proceder.

Sigue esta guía y vas a poder pedir la cita previa documento de identidad Valencia.

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El Defensor Del Pueblo Urge A Interior A Agilizar Las Citas Para Pedir Asilo

El Defensor Del Pueblo Urge A Interior A Agilizar Las Citas Para Pedir Asilo

El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, ha mandado  para que, con carácter urgente, facilite a los ciudadanos extranjeros el acceso al sistema de cita previa para solicitar protección internacional y realizar diversos trámites de extranjería en dependencias policiales

La Corporación recibe quejas constantes sobre los problemas para conseguir una cita previa y acceder al procedimiento de protección internacional y para efectuar entrevistas de asilo en condiciones convenientes.

Además, las dificultades para conseguir cita previa se han extendido a una multitud de trámites que deben efectuar los ciudadanos extranjeros en dependencias policiales de todo el territorio nacional, alén del campo de la protección internacional.

En opinión del Defensor del Pueblo, las medidas materiales y de recursos humanos adoptadas hasta el momento para mitigar esta situación siguen siendo insuficientes para dar respuesta a una demanda creciente de solicitudes de asilo y de trámites relacionados con el régimen general de extranjería que también se realizan en dependencias policiales, tales como la expedición de tarjetas de identidad de extranjeros, autorizaciones de regreso, cartas de invitación, etc. cita previa policia nacional toma de huellas

Esta situación se ha visto agravada por las medidas adoptadas por la crisis sanitaria de la COVID-19, dado a que la declaración del estado de alarma supuso la imposibilidad de atención presencial y la acumulación de carga de trabajo.

Las quejas por las demoras excesivas para conseguir una cita anterior no forman una novedad para la Institución, que lleva tiempo advirtiendo sobre los problemas y dificultades a los que se enfrentan los ciudadanos extranjeros por este motivo y que ha formulado varias resoluciones al respecto.

Así, en el último mes del año de 2018 el Defensor dirigió a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras un  a fin de que se entregase un resguardo válido acreditativo de la cita asignada, al tener constancia de que abundantes ciudadanos pasaban días y noches a la intemperie para conseguir una cita para poder solicitar protección internacional, que después se otorgaba sin resguardo acreditativo y para un año más tarde.

Tras ser rechazada esta resolución, el Defensor decidió elevarla al Ministerio del Interior, a la vez que trasladaba a dicho departamento su preocupación por otra serie de carencias relacionadas con el procedimiento.

En este sentido, a la Institución le preocupa especialmente –y de esta forma se lo ha trasmitido a Interior- que se garantice el derecho que asiste a los solicitantes de protección internacional de efectuar la  entrevista en una dependencia adecuada y que el funcionario que la realice tenga la formación necesaria.

Por todo ello, y como refleja el , el Defensor ha pedido que se revise con urgencia la colaboración de la Policía Nacional para encarar la gestión de las peticiones de asilo, en cuanto a la asignación de citas anteriores, la realización de entrevistas de asilo y la expedición de documentación.

Para la Institución, el papel de la Policía Nacional ha resultado indispensable para abordar el fuerte incremento de peticiones en un plazo cortísimo de tiempo, mas esa colaboración que se propuso como algo puntual se está prolongando en el tiempo, provocando importantes disfunciones en el sistema. cita previa huellas

Muerte de temporero que no había completado los trámites para pedir asilo 

Otra cuestión que provoca numerosas protestas se refiere a las dificultades con las que se hallan los extranjeros con necesidades de protección internacional, para poder formalizar su solicitud de asilo. Esa manifestación de voluntad tiene que efectuarse en el plazo de un mes desde que se entra en España. Las largas demoras desde el instante en que se manifiesta la voluntad de pedirlo hasta que finalmente se les cita para la entrevista motiva que los extranjeros cambien con cierta frecuencia de provincia, buscando sobrevivir.

Las protestas que se reciben muestran que son numerosos los casos en los que, en la nueva provincia de residencia, no se respeta la lista de espera con lo que deben iniciar nuevamente toda la tramitación.

En este contexto, el Defensor del Pueblo se ha dirigido de oficio a la Fiscalía General del Estado para pedir información sobre sobre las diligencias de investigación iniciadas tras el fallecimiento del ciudadano nicaragüense Eleazar Blandón, en Lorca (Murcia).

Se da la coyuntura de que esta persona, que murió mientras trabajaba como temporero en una explotación agrícola, habría manifestado su intención de pedir protección internacional ante la Policía Nacional. No obstante, la demora existente en la asignación de citas le habría impedido formalizar la solicitud en tiempo y forma y, por lo tanto, no había podido acceder al sistema nacional de acogida. cita toma de huellas

SPOILER ALERT!

El Defensor Del Pueblo Urge A Interior A Agilizar Las Citas Para Pedir Asilo

El Defensor Del Pueblo Urge A Interior A Agilizar Las Citas Para Pedir Asilo

El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, ha mandado  para que, con carácter urgente, facilite a los ciudadanos extranjeros el acceso al sistema de cita previa para solicitar protección internacional y realizar diversos trámites de extranjería en dependencias policiales

La Corporación recibe quejas constantes sobre los problemas para conseguir una cita previa y acceder al procedimiento de protección internacional y para efectuar entrevistas de asilo en condiciones convenientes.

Además, las dificultades para conseguir cita previa se han extendido a una multitud de trámites que deben efectuar los ciudadanos extranjeros en dependencias policiales de todo el territorio nacional, alén del campo de la protección internacional.

En opinión del Defensor del Pueblo, las medidas materiales y de recursos humanos adoptadas hasta el momento para mitigar esta situación siguen siendo insuficientes para dar respuesta a una demanda creciente de solicitudes de asilo y de trámites relacionados con el régimen general de extranjería que también se realizan en dependencias policiales, tales como la expedición de tarjetas de identidad de extranjeros, autorizaciones de regreso, cartas de invitación, etc. cita previa policia nacional toma de huellas

Esta situación se ha visto agravada por las medidas adoptadas por la crisis sanitaria de la COVID-19, dado a que la declaración del estado de alarma supuso la imposibilidad de atención presencial y la acumulación de carga de trabajo.

Las quejas por las demoras excesivas para conseguir una cita anterior no forman una novedad para la Institución, que lleva tiempo advirtiendo sobre los problemas y dificultades a los que se enfrentan los ciudadanos extranjeros por este motivo y que ha formulado varias resoluciones al respecto.

Así, en el último mes del año de 2018 el Defensor dirigió a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras un  a fin de que se entregase un resguardo válido acreditativo de la cita asignada, al tener constancia de que abundantes ciudadanos pasaban días y noches a la intemperie para conseguir una cita para poder solicitar protección internacional, que después se otorgaba sin resguardo acreditativo y para un año más tarde.

Tras ser rechazada esta resolución, el Defensor decidió elevarla al Ministerio del Interior, a la vez que trasladaba a dicho departamento su preocupación por otra serie de carencias relacionadas con el procedimiento.

En este sentido, a la Institución le preocupa especialmente –y de esta forma se lo ha trasmitido a Interior- que se garantice el derecho que asiste a los solicitantes de protección internacional de efectuar la  entrevista en una dependencia adecuada y que el funcionario que la realice tenga la formación necesaria.

Por todo ello, y como refleja el , el Defensor ha pedido que se revise con urgencia la colaboración de la Policía Nacional para encarar la gestión de las peticiones de asilo, en cuanto a la asignación de citas anteriores, la realización de entrevistas de asilo y la expedición de documentación.

Para la Institución, el papel de la Policía Nacional ha resultado indispensable para abordar el fuerte incremento de peticiones en un plazo cortísimo de tiempo, mas esa colaboración que se propuso como algo puntual se está prolongando en el tiempo, provocando importantes disfunciones en el sistema. cita previa huellas

Muerte de temporero que no había completado los trámites para pedir asilo 

Otra cuestión que provoca numerosas protestas se refiere a las dificultades con las que se hallan los extranjeros con necesidades de protección internacional, para poder formalizar su solicitud de asilo. Esa manifestación de voluntad tiene que efectuarse en el plazo de un mes desde que se entra en España. Las largas demoras desde el instante en que se manifiesta la voluntad de pedirlo hasta que finalmente se les cita para la entrevista motiva que los extranjeros cambien con cierta frecuencia de provincia, buscando sobrevivir.

Las protestas que se reciben muestran que son numerosos los casos en los que, en la nueva provincia de residencia, no se respeta la lista de espera con lo que deben iniciar nuevamente toda la tramitación.

En este contexto, el Defensor del Pueblo se ha dirigido de oficio a la Fiscalía General del Estado para pedir información sobre sobre las diligencias de investigación iniciadas tras el fallecimiento del ciudadano nicaragüense Eleazar Blandón, en Lorca (Murcia).

Se da la coyuntura de que esta persona, que murió mientras trabajaba como temporero en una explotación agrícola, habría manifestado su intención de pedir protección internacional ante la Policía Nacional. No obstante, la demora existente en la asignación de citas le habría impedido formalizar la solicitud en tiempo y forma y, por lo tanto, no había podido acceder al sistema nacional de acogida. cita toma de huellas

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Tasa A Pagar Para Ir A Hacer La Huella

Tasa A Abonar Para Ir A Hacer La Huella

Muchos extranjeros que comienzan a vivir en España tienen dudas sobre esta parte tan esencial en el proceso. ¿Cuál es la tasa a pagar para hacer las huellas? ¿Dónde se presenta el modelo 790/012, y cómo? En el artículo respondemos a las preguntas más usuales sobre las huellas en el proceso para lograr tu tarjeta de vivienda. cita previa extranjería huellas



¿Para qué se necesitan las huellas?

El proceso de inmigración para conseguir la vivienda en España y establecerte de forma legal en el país tiene múltiples fases. La primera de ellas es la consecución del visado en tu país de origen. 

Con este visado (sello en el pasaporte) podrás viajar y entrar al territorio Español. Uno de los primeros trámites una vez estés ya en el país será conseguir tu tarjeta de residencia. 

Esta tarjeta recibe el nombre de TIE (no confundir con el NIE, que se trata del número de identificación de extranjero que vas a recibir al entrar en España). Se trata de un plástico que contiene tu NIE y el tipo de residencia que dispones. 

Pues bien, uno de los pasos fundamentales a fin de que te den por último esta tarjeta de vivienda o TIE es el registro de tus huellas. 

Pero, además de esto, deberás pagar una tasa, cuya cantidad monetaria dependerá del tipo de residencia

En este artículo te enseñamos todo lo que necesitas saber sobre esta una parte del proceso. 


¿Cuál es la tasa a pagar para ir a hacer las huellas?

La tasa a pagar es la tasa 790. Esta tasa dispone de tres modelos diferentes: el seis, 012 y 026. En el caso de las huellas para conseguir la TIE, el modelo en cuestión es el 012.

Ya que la expedición de la tarjeta de identificación del extranjero es competencia de la policía, dicha tasa es rellena y descarga en su web.

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¿Para qué sirve la tasa 790/012?

Tal y como terminamos de comentar, el pago de la tasa 790/012 es esencial para poder hacer las huellas.

Es decir, se trata de el paso obligatorio que vas a deber seguir como extranjero para conseguir tu TIE o bien tarjeta de residencia.

De forma más precisa,  ¿para qué sirve precisamente esta tasa y exactamente en qué procesos de solicitarán que la pagues?

  • Para sacar tu tarjeta de residencia inicial en España
  • En caso de que quieras renovar tu tarjeta de vivienda y trabajo (o bien tarjeta de vivienda simplemente)
  • Para conseguir .
  • En caso de solicitar el certificado de registro como ciudadano de la unión europea
  • Para
  • Finalmente, si tu tarjeta de vivienda estaba en vigor mas se ha perdido o perdido, deberás regresar a pagar esta tasa para conseguir una nueva.


¿Cuánto se paga? Importe según tipo de residencia

Una vez comiences a rellenar el formulario para realizar el pago de la tasa 790/012 vas a ver en la parte inferior, automáticamente, cuánto deberás pagar. 

No obstante, te dejamos un pequeño resumen a modo indicativo. 

Para renovar la residencia temporal de trabajo o , el coste es de 18,92€.

Para pedir la tarjeta de residencia de forma inicial (acabas de llegar a España), y visado de estudiante, el costo es de 15,75€.  

La tasa a abonar para los permisos de larga duración y los de larga duración Unión Europea, el costo es superior; 21,44€

En el caso de la tarjeta como familiar de comunitario, el costo es solamente 12,00€

Y, por último, para la vas a deber abonar un valor de 10,50€. 


¿Dónde abonar la tasa 790?

Pagar esta tasa para las huellas es completamente fácil. Además, tienes diferentes opciones para hacerlo, por lo que hallar una que se adapte a lo que más te convenga es simple. 

Puedes efectuar el pago en cualquier banco, cooperativa o caja de ahorro

Simplemente vas a deber descargar la tasa, que anteriormente rellenarás online, firmarla, y llevarla a cualquier banco para realizar el desembolso. 

Allí te van a dar un comprobante según has pagado la cantidad pertinente.


¿Es posible abonar on line?

En ese sentido, no hay ningún banco en específico para realizar el pago: todos van a ser válidoscita para renovar nie

Además, ten presente que en algunos bancos vas a poder realizar el pago en el cajero automático directamente, sin precisar entrar a las oficinas. 


¿Dónde se presenta esta tasa? Proceso paso a paso

Tienes 2 opciones diferentes para presentar esta tasa pagada: la oficina de extranjería y la comisaría de policía en su defecto.

Siempre charlamos de . cita para huella extranjeria

Ten en cuenta que en la mayoría de los casos (sobretodo si radicas en ciudades como Barna o bien la capital española),

Una vez acudas a la cita, ten en cuenta que vas a deber aportar los siguientes documentos:

Así, para el día de la cita anterior, vas a deber haber rellenado de forma on line el modelo 790 que te hemos adjuntado arriba. Una vez rellenado, vas a deber imprimirlo. Y con ese documento podrás realizar el pago.

Si necesitas ayuda en todo el procedimiento legal, no dudes en contactar con nosotros. Nuestro equipo de abogados de extranjería estará encantado de asistirte.

SPOILER ALERT!

Inmigración

Inmigración

El camino cara la ciudadanía puede parecer un proceso largo y apabullante, pero con una buena preparación, información y las herramientas adecuadas, puede conducir al éxito. El paso inicial es encontrar asistencia legal calificada y de confianza. Debes tomar en consideración a los consultores de inmigración, a los preparadores de impuestos que ofrecen servicios de inmigración y a los notarios, que se aprovechan de los inmigrantes que procuran asistencia legal en su proceso de inmigración. Frecuentemente, los notarios usan el término "notario público" para publicitar sus servicios. Los notarios NO son abogados y NO son representantes acreditados aprobados por el gobierno. Los notarios NO PUEDEN brindarte representación ante un tribunal y NO PUEDEN darte asesoramiento legal. La mala conducta de los notarios puede costarte miles de dólares estadounidenses y puede impedir tu proceso de petición.

Afortunadamente, hay consejos y estrategias para ayudarte a eludir el fraude. Siempre y en toda circunstancia comprueba las credenciales del letrado o del proveedor de servicios legales del que estás considerando recibir asistencia. También debes contrastar las acciones disciplinarias pasadas e identificar que sus áreas de experiencia coinciden con tus necesidades. Una vez que decidas sobre un abogado o profesional legal, asegúrate de conseguir un contrato por escrito. Mantente informado haciendo preguntas a lo largo de todo el proceso y asegúrate de solicitar y preservar copias de todos y cada uno de los documentos.

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Agencias de servicios legales a bajo costo

Asistencia Legal: Asilo, U-Visa, T-Visa, VAWA, SIJS

2760 5th Ave., Suite # doscientos, San Diego, CA 92103

Tel: 619-doscientos treinta y uno-7788

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Asistencia Legal: Ciudadanía, Peticiones de Visa de Familia, Asilo, U-Visa, T-Visa, VAWA, SIJS, Defensa de deportación, Menores No Acompañados

4575 B Mission Gorge Place, San Diego, CA 92120– Tel:619-doscientos ochenta y siete-1270

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293 H Street, Chula Vista, CA 91910– Tel: seiscientos diecinueve-498-0722

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250 W. Orange Ave, El Centro, CA 92243 - Tel:760-trescientos cincuenta y tres-seis mil ochocientos veintidos 

Asistencia Legal: VAWA & O bien-Visa

427 C Street, Suite # doscientos ocho, San Diego, 92101

Tel: seiscientos diecinueve-515-2200

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5348 University Ave, Suite # 205, San Diego, CA 92105– Tel: seiscientos diecinueve-641-7510 x250

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Asistencia Legal: Ciudadanía, Peticiones de residencia permanente y renovaciones, FOIA, Defensa de deportación, Asilo, Exenciones de inmigración

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Tel: 858-seiscientos treinta y siete-3365

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110 South Euclid Avenue, San Diego, CA 92114 OR  doscientos dieciseis South Tremont Street, Oceanside, CA noventa y dos mil cincuenta y cuatro

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Asistencia Legal: DACA, Naturalización y Ciudadanía, VAWA, visa T, TPS, SIJS, Casos Familiares, Asilo, Perdones.

1600 Buena Vista doctor Vista, CA noventa y dos mil ochenta y uno

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Tel: seiscientos diecinueve-trescientos sesenta y uno-1015

Idiomas que hablan: inglés y español y koreano

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Los Pasos Que Sigue Tu Expediente Cuando Presentas Una Solicitud En La Oficina De Extranjeros

Los Pasos Que Prosigue Tu Expediente Cuando Presentas Una Solicitud En La Oficina De Extranjeros

Muchas veces, seguramente, te has preguntado qué sucede con tu expediente cuando presentas una determinada solicitud ante la oficina de extranjeros (petición de un Arraigo, de una Reagrupación Familiar, de una Tarjeta de Familiar de Comunitario, una renovación…).

Pues aquí os contaremos el “Backstage” de lo que lo que pasa con tu expediente una vez lo presentas; lo que no ves.

1- Una vez te sientas frente al funcionario en el momento de solicitar un permiso inicial (la renovaciones ya sabemos que se pueden hacer sin precisar acudir a la oficina de extranjeros), el funcionario que te atiende y tras saludarte o bien darte los “buenos días” te solicita la cita que tenías programada; el Modelo de la Solicitud (dependiendo del procedimiento cambia el Modelo; hay unos 19 Modelos diferentes de petición) y la documentación que deseas aportar.

2- Te preguntará si algunas vez habías presentado algún género de solicitud anterior. Esto se hace con el objetivo de procurarte en la base de datos de extranjería; porque si hubieses pedido en algún instante una petición anterior; por el hecho de que todavía que no te hubieran concedido una Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) sí te habrían asignado un Número de Identidad de Extranjeros (NIE). .

3- Posteriormente el funcionario revisará la documentación que, a su juicio, deberías aportar para la petición que estás haciendo; si bien hay siempre y en todo momento un documento básico: original y copia completa del pasaporte; en vigor.

4- Si el funcionario comprende que te falta algún documento o bien que algún documento no es correcto, te lo requerirá para que en un plazo de 10 días lo aportes al expediente. Sin embargo, si bien la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (que entró en vigor el pasado tres de octubre de 2016) como la anterior Ley treinta del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, exige que la Administración SIEMPRE tendría que requerirte si faltase algún documento; lo cierto es que en algunas oficinas de extranjería hacen caso omiso de esta Normativa y te espetan en tu cara  que lo mejor es que cuando tengas el expediente completo lo vuelvas a presentar por el hecho de que por falta tal documento y si se lo presenta de esta forma te lo van a “denegar” por “inadmisión a trámite”. Esto es una transgresión flagrante de la Normativa pues ni te lo pueden inadmitir ni te lo pueden rechazar ni te pueden rehusar tu petición pues lo que se ajusta a derecho es que te requieran si te falta algún documento. Claro que, cuidado, deberás entender que esto no sucede de esta forma por el hecho de que te hubiese tocado ese funcionario. Ese funcionario cumple órdenes “de Madrid”.

5- Si por último el funcionario te acepta el expediente procederá a solicitar informes a la policía y al Ministerio de Justicia para ver si existiera algún informe policial desfavorable (algún antecedente policial, por servirnos de un ejemplo) o bien si tuvieses algún antecedente penal. Si pides un Arraigo Social aportando una oferta de empleo, el funcionario solicitará asimismo informes a la Seguridad Social y a la Agencia Estatal de Administración Tributaria para poder ver si la empresa o empleador se halla al tanto de pago de sus obligaciones fiscales, ect….

6- Si el día en que presentes tu petición marcha la aplicación de extranjería, darán de alta tu expediente en la aplicación y te asignarán de manera automática un Número de Identidad de Extranjero (un NIE) y te van a dar un resguardo de tu solicitud sellado y un documento que van a hacer firmar en el que se te señala que el plazo máximo que tiene la administración para solucionar es de 3 meses y que si en esos tres meses no tienes contestación se comprenderá rechazada tu petición por silencio administrativo (tendrías que recurrir si eso sucede). Asimismo se te informará que ese plazo podría ser interrumpido si existiese algún tipo de investigación policial (esto está generalmente diseñado para el tema de entrevistas policiales en el caso de matrimonios o Parejas de Hecho; que hablaremos más adelante).

7- Te harán entrega también de un Modelo de Tasa (en dependencia del tipo de procedimiento cambia el costo de la Tasa) a fin de que la pagues en el banco y posteriormente la aportes pagada ya al expediente.

8- El inconveniente se encuentra en si tu expediente no es dado de alta en la aplicación informática por el hecho de que “no va el sistema”. En un caso así, se dilatará la resolución de tu petición pues vas a deber aguardar a que el funcionario, “cuando se pueda” de de alta tu expediente; o sea, cuando “vaya la aplicación informática”. Si es el caso, no te asignarán ni Número de Identidad de Extranjeros (NIE) ni te darán número de tu expediente ni te van a dar las tasas. Ya te mandarán las tasas al domicilio de notificaciones o bien lo requerirán de forma telemática al profesional que te ha asistido si lo has hecho a través de un profesional o bien con la ayuda de un profesional.

9- El funcionario, si va la aplicación informática, procederá delante de ti al escaneo de toda la documentación que habrás aportado y también “cotejará” la autenticidad de ciertos documentos originales con la copia que lleves de exactamente los mismos. En ciertos casos te van a devolver la documentación original y en otros no. Por servirnos de un ejemplo, es evidente que te será devuelto el pasaporte mas no el certificado de antecedentes penales de tu país y sí, por ejemplo, los certificados de tu estado civil (conforme el caso) o bien el certificado de vínculo de parentesco -según el caso- (certificado de nacimiento, de matrimonio, ect…).

10. Una vez te vas de la mesa del funcionario el funcionario decidirá en qué fase poner tu expediente. Lo ideal sería que el funcionario plantee que sea resuelto conveniente tu expediente; en tanto que tiene facultades y potestad para ello. Si ese fuera el caso, cuando se consulten tus archivos policiales y penales y si la documentación que obra en el expediente es correcta, en cuestión de muy pocos días debería ser emitida una resolución que te va a llegar a tu domicilio o bien al domicilio a efectos de notificaciones que obra en tu petición (si lo haces con un profesional todo sería más rápido porque la notificación es telemática y llega a la sede electrónica del profesional en cuestión de pocas horas. Mas el domicilio que consta en tu petición es tu vivienda o si has pedido que no sea una notificación electrónica pues deberías aguardar por correo postal la resolución. La resolución, desde que se resuelve favorable el expediente tiene hasta un mes para llegarte por correo a casa y si pasado ese mes no te llega (insistimos en que solo tras un mes desde que se ha resuelto) vas a poder pedir un duplicado de dicha resolución solicitando eso sí, una cita previa. Te evitarías todo eso si la notificación es telemática.

11- Si existiese un informe policial desfavorable, lo normal debería ser que la oficina de extranjero te cite a extranjería a lo que se conoce como “trámite de audiencia” para que puedas alegar o explicar todo lo relacionado con dicho informe en el que podría constar algún antecedente policial o bien penal. En muchas ocasiones sucede que hemos cumplido la pena y no obstante no se ha cancelado dicha pena o bien que a extranjería tiene constancia de que tienes un antecedente policial o penal que ya, sin embargo, tienes anulado. Pero claro, ya oficina de extranjeros solo sabe que existe un informe desfavorable y por eso te cita por medio de un trámite de audiencia o debería citarte.

12- Si una vez que te has marchado de extranjería el funcionario advierte que falta algún documento, lo normal sería que no emitiesen resolución si dicho documento es necesario para producir resolución y lo que debería acontecer es que te requieran a través de una carta a tu domicilio o vía telemática (va a depender siempre y en todo momento de la forma que escogiste para relacionarte con la administración) para que en un plazo de diez días aportes lo que se te requiere. Es cierto que la Normativa habla de un plazo de diez días y que al requerirte en el propio requerimiento te explicitarán que son diez días pero ya sabemos que habitualmente es imposible aportar en 10 días lo que se te requiere. En estos casos siempre y en todo momento aconsejamos, al noveno día, presentar un escrito de solicitud de ampliación de plazo alegando los motivos del por qué solicitas dicha ampliación. Es posible y plenamente legal y ceñido a derecho pedir dicha ampliación de plazo. Si bien asimismo es cierto que la administración es consciente que podrías tardar más de diez días y a veces “se hace de la vista gorda” y hasta te da más de un mes para que te de tiempo aportar lo requerido. Cuando menos, en Barcelona se es bastante flexible en este sentido.

13- En el caso de las Parejas de Hecho o del Matrimonio (cuando se pide, por ejemplo, una Tarjeta de Familiar de Comunitario o una Tarjeta Permanente en Régimen Comunitario, el funcionario está, afirmemos, “entrenado” para intuir si se trata de una relación o un matrimonio aparentemente falso. Y amaparado en la “discrecionalidad” de la Normativa es posible que escapes o bien no de una investigación policial. ¿Quién decide o bien qué elementos tiene el funcionario para decir a quién envía a la policía o no? Puesto que creednos que es algo  que hoy no logramos entender. Lo único cierto en todo esto es que sí, que el funcionario puede ampararse en la “discrecionalidad” para enviarte a ti y a tu pareja o bien a ti y a tu cónyuge a una tensa entrevista policial. Ya sabemos que “discrecionalidad” no es “de modo reiterado” pero tenemos sobradas razones para asegurar que es más común de lo que os podéis imaginar; sobre todo con el nuevo supuesto del RD 987/2015 -pareja en verdad con un año de convivencia-. 

14- Te vas a preguntar qué sucede si te mandan a una entrevista policial porque vacilan de la veracidad de tu relación de pareja o bien de tu matrimonio. Puesto que te ha tocado bailar con la más fea. En muchas ocasiones ni te libras de esta entrevista todavía cuando aportes pruebas sobradas de tu relación. Tenemos un caso reciente en nuestro despacho de dos chicos (uno británico y otro de un país sudamericano) que formalizaron una Pareja de Hecho ante Notario y que llevaban más de un año de convivencia y que hace poquísimo pidieron la Tarjeta de Familiar de Comunitario. Aportaron todos y cada uno de los documentos que establece la Normativa pero previendo que podrían enviarles a policía (va a depender siempre del funcionario o del criterio de turno) y cuando preparamos el expediente en el despacho le pedimos que aportáramos además de esto un “book” con cientos de fotos de su convivencia (viajes, cenas, encuentros familiares, festejos…). Se quedaron escandalizados cuando les solicitamos estas pruebas y les explicamos lo bien que vendría al expediente aportar estas pruebas. Recuerdo que cuando vinieron al despacho nos trajeron hasta fotografías teniendo relaciones íntimas entre ellos y les dijimos “no es para tanto, tenemos pruebas sobradas, no podemos aportar estas fotografías tan realmente íntimas a extranjería”. Y de esta forma lo hicimos, aportamos todos y cada uno de los documentos precisos más cientos de pruebas incluidas cientos y cientos de fotos (excepto aquellas tan íntimas)”. De nada valieron las pruebas aportadas. El funcionario, amparado en la discrecionalidad -y como siempre, no te lo dicen- decidió enviar a nuestros clientes del servicio a una entrevista policial para que probaran la autenticidad de su relación!!!!! Días más tarde, llega, en estos casos, una notificación en la que te afirman que contactes con tal teléfono policial para una entrevista y que este “problemón” interrumpe el plazo de los tres meses. Te pasarás entonces, si es así tu caso, semanas y semanas contactando con la policía para que te citen para una escandalosa y fea entrevista policial. Si tienes suerte, solo será la entrevista en dependencias policiales a cada uno por separado (puedes ir asistido de abogado; y es lo aconsejable) mas en el peor de los casos tu suplicio no termina ahí: la policía puede ir a tu domicilio, a tu centro de trabajo… Y algo que solo compete a ti y a tu cónyuge o bien tu pareja se transformará en “vox populi”. Gran suplicio para probar que eres pareja o bien cónyuge de tu pareja o bien de tu cónyuge cuando, a nuestro juicio, la carga probatoria de lo contrario no habría de ser tuya sino de la propia administración.

15- Si logras pasar el amargo trago de la entrevista de forma favorable, sigue esperando a que la policía prepare un informe y lo mande a extranjería. Si el informe policial es desfavorable extranjería emitirá una resolución en la que te rechazará tu solicitud y si es conveniente emitirá una resolución conveniente.

16- ¿Qué debes hacer después si recibes una resolución favorable? Pues si es un arraigo social con contrato de trabajo, deberás afiliarte a la seguridad y el empresario o empleador va a deber darte de alta en la seguridad social. Una vez te diesen de alta de nuevo deberás contactar con extranjería para confirmar esta circunstancia y solicitar nuevamente cita para ir a policía a hacerte la Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE). Recuerda siempre, en este supuesto, que la entrega de la tarjeta en la policía estará condicionada SIEMPRE a la pertinente alta en la seguridad social por parte de la compañía o bien empleador que en su instante te formuló la oferta de trabajo que presentaste en extranjería. Una vez que tengas cita para la confección de tu tarjeta (a veces estas citas pueden tardar aun más de un mes), vas a policía con tu pasaporte, tu empadronamiento y tres fotos más la resolución y pondrás huellas. Te darán una nota para indicarte cómo deberás abonar una tasa por la emisión de la tarjeta. Deberás pagar dicha tasa y en unos 20-treinta días volverás a policía a que te resulte entregada la tarjeta física. Enhorabuena!!!! Mas tu martirio, créenos, no habrá acabo ahí… Mas esto ya es un tema que vamos a comentar en otro artículo.

17- Si tu petición fuera denegada pues a proseguir padeciendo. Va a depender del género de procedimiento solicitado para que en caso de denegación puedas interponer un Recurso de Alzada (Comunitarios) en un plazo de un mes desde que se te avisa la denegación (no cabe opción de ir al Contencioso Administrativo si ya antes no interpones el alzada y solo en caso de denegación del alzada podrás ir a la vía contenciosa); o puedes optar por interponer postestativamente un Recurso de Reposición (un mes desde el instante en que te avisan la resolución) o interponer un Recurso Contencioso Administrativo en un plazo de un par de meses desde que te notifican la resolución. A partir de aquí, a luchar con uñas y dientes (sobre el tema de los Recursos de Alzada, Reposición o Contencioso ya hablaremos en otro artículo).

Os hemos intentado ilustrar de alguna forma lo que pasa en el “Backstage”  con tu expediente una vez lo presentas; lo que tú no ves. En todo caso, siempre y en todo momento, absolutamente siempre y en todo momento, recomendamos que no hagas solo tus peticiones por el hecho de que si los procedimientos de Extranjería y Nacionalidad fueran fáciles….

Frases muy habituales de personas que personas que acuden a nuestro despacho (la inmensa mayoría, personas que nos visitan por vez primera y no han recibido nuestros servicios):

“Es muy simple esto de los papeles, ya los haré yo sol@”, “Es que tengo un amigo que los hizo solo y le salió rapidísimo”, “Mi madre hizo sola sus papeles y no debió contratar a absolutamente nadie y les salieron los papeles muy rápido”, “Mi amiga presentó solita su Nacionalidad y a los seis meses le salió aprobada”, “Pero si todo está bastante claro en las hojas informativas”….

Podríamos poner cientos y cientos de ejemplos; mas quizás estas son las expresiones más habituales que nos obsequian algunos clientes del servicio y que prosiguen “erre que erre” todavía cuando les expliques que ningún procedimiento es igual, que ningún caso es igual; que es más simple contratar los servicios de un especialista sobre el tema y que las cosas salgan bien por el hecho de que a la larga significa ahorro en tiempo y dinero; y “tiempo y dinero” son dos cosas que el día de hoy no abundan mucho!

Curiosamente, la mayoría de esas personas -hablamos por la experiencia de Legalteam, terminan al final regresando a nuestro despacho.

Cada día son más las personas que llegan a Legalteam porque les han rechazado, archivado o bien les han requerido algún documento en un plazo de diez días en sus sus peticiones en los abundantes procedimientos de Extranjería (Arraigo Social, Arraigo Laboral, Arraigo Familiar, Tarjeta de Familiar de Comunitario, Renovación de Permiso de Residencia y/o Trabajo, Modificación de Permiso de Vivienda a Residencia y/o Trabajo, Renovación de Permiso de Residencia y /o Trabajo, Tarjeta Permanente de Familiar de Comunitario, Tarjeta de Larga Duración, Tarjeta de Larga Duración Unión Europea, Permiso de Estancia por Estudios, Prórroga de Estancia por Estudios…) y Nacionalidad.

Y siempre y en todo momento les comentamos lo mismo ¿no hubiera sido más simple contratar los servicios de Legalteam ya antes de presentar las peticiones y contar con nuestra asistencia o bien asesoramiento y evitar de esta forma lamentables ficheros o denegaciones? ¿No hubiera sido mejor hacerlo desde un comienzo con Legalteam y evitar, en el mejor caso -pues llegan casos donde ya nada o bien prácticamente nada se puede hacer- tener que interponer potestativamente un Recurso de Reposición o de Alzada o un Recurso Contencioso frente al correspondiente Juzgado de lo Contencioso o bien frente a la Audiencia Nacional (para el caso de Nacionalidades) que implica bastante tiempo e incluso 2, 3 y hasta 5 veces más gasto en dinero?

Os dejamos con diez fáciles razones del por qué razón debes gestionar tus peticiones de Extranjería y Nacionalidad con Legalteam aclarando que, de hecho, el administrado, o sea, el ciudadano, puede realizar solo sus trámites de Extranjería y Nacionalidad:

1- Nuestros abogados, expertos y aconsejes cuentan con una experiencia de más de treinta años en temas penales, civiles, fiscales y laborales y más de 15 años de experiencia en el Área de Extranjería. Trabajamos en equipo porque creemos en la fuerza de un equipo y no de una persona y porque, por raro que parezca, en muchas ocasiones los temas de Extranjería y Nacionalidadestán mezclados con temas penales, civiles y laborales.

2- Más del noventa por ciento de los casos que tramita Legalteam tienen una resolución favorable. Se dice fácil pero nuestra experiencia y nuestro trabajo en equipo nos ha tolerado tener estos resultados.

3- Por el hecho de que más de 50 mil personas nos han escogido en los últimos 15 años para realizar sus trámites con nosotros.

4- Por el hecho de que una cosa es lo que dice la Normativa, otra lo que aparece en la hojas informativas y otra muy distinta son los criterios que tiene en cuenta la Administración a la hora de solucionar una solicitud. Y el conjunto de estas tres cosas, al lado de nuestro trabajo en equipo y a que, dado el volumen de expedientes que presentamos a diario, hacen que podamos estar al día en cualquier nuevo criterio, en cualquier novedad. La práctica diaria es, sin dudas, un valor añadido.

5- Pues Legalteam conoce las diferencias y discrepancias entre la normativa reguladora de su caso concreto, la interpretación que le va a dar ese supuesto la Administración y, finalmente, el criterio que aplicarán los diferentes Tribunales. De ahí que es conveniente asistir, ya antes de comenzar cualquier clase de trámite,  a Legalteam, puesto que su asesoramiento precautorio y orientación práctica nos ahorrará, sin duda, tiempo, problemas y dinero.

6- Por el hecho de que nos tomamos cada caso tal y como si fuera el único y pues peleamos con uñas y dientes por cada expediente, por cada solicitud, por cada administración que nos encomiendan nuestros clientes.

7- Un ciudadano extranjero que pretende regularizar su situación administrativa en España puede efectuar los trámites solo sin necesidad de acudir a un profesional; es cierto. Mas hacerlos solos o no asistir a Legalteam puede ahorrar, con el tiempo, tiempo y dinero porque, insistimos,  una cosa es lo que afirma la Normativa en materia de extranjería y otra muy distinta los criterios que en la práctica aplica cada oficina de extranjería; criterios que cambian incluso en todos y cada Comunidad Autónoma o en las diferentes oficinas de la misma Comunidad.

8- Porque creemos en lo que hacemos, por el hecho de que muchos de los miembros de Legalteam han pasado por las mismas experiencias que seguramente pasas . De ahí que siempre afirmamos que somos personas que sirven a personas; que nos ponemos en tu piel.

9- Pues un documento caducado o un pequeñísimo error puede hacer que nuestra vida cambie de un momento a otro si no acudimos a Legalteam.

10- Porque si bien este es nuestro trabajo y vivimos honradamente de lo que hacemos, nos agrada hacer lo que hacemos sobre cualquier cosa. Porque somos un equipo humano apasionado y comprometido con nuestro trabajo.

Además de estas 10 sencillas razones del por qué razón debes gestionar tus solicitudes de Extranjería y Nacionalidad con Legalteam, nos agradaría comentarte ejemplos específicos para convencerte de que es Legalteam el equipo que puede tenderte la mano.

Usted va a poder decir “pues si la oficina de extranjeros no aplica lo que dice la Ley puesto que que me rechace o archive el expediente y ya después recurriré”. Ese es el enorme inconveniente, que recurrir frente al Juzgado de lo Contencioso implicará perder bastante tiempo (en ocasiones años) y evidentemente dinero en abogados.

Por ejemplo, pongamos que se ha registrado como pareja de hecho en un registro público y desea acceder a una Tarjeta como Familiar de Comunitario. ¿Está seguro que con solo guiarse por la Hoja Informativa que ofrece el Ministerio de Empleo y Seguridad Social -que administra la inmigración- podrá tener garantías de que su expediente va a ser resuelto de manera conveniente? La respuesta es no.

Hay documentos que no están contemplados en las Hojas Informativas y que solo el profesional conveniente conoce.

¿Exactamente en qué ley afirma, por poner un ejemplo,  que las personas que deseen acceder a una tarjeta permanente de familiar de comunitario tengan que probar “medios económicos”? En ninguna.

• Si no existe ninguna ley, ninguna Normativa que lo diga ¿por qué razón las oficinas de extranjería están exigiendo este requisito?

• ¿Dónde se encuentra la seguridad jurídica del ciudadano?

• ¿Por qué entonces se condena a los ciudadanos a que no les quede otra alternativa que recurrir a los Tribunales? ¿Quizá la Administración no entiende que recurrir es gasto en tiempo y en dinero?

Para comprender este fenómeno debemos empezar aclarando que en el mes de abril del 2012 se alteraron los requisitos que regulan el acceso a la Tarjeta de Familiar de Comunitario y a los Certificados de Inscripción de aquellos ciudadanos comunitarios que deseen radicar en territorio de España por un período superior a tres meses. Nos referimos al Real Decreto 240/2007, de dieciseis de febrero, sobre entrada, libre circulación y vivienda en España de ciudadanos de los Estados miembros de la UE y de otros Estados parte en el Pacto sobre el Espacio Económico Europeo y concretamente al artículo 7 del mentado Real Decreto.

Dicha modificación estableció los requisitos de índole económico aplicables para conseguir la tarjeta de familiar de comunitario inicial o bien, en ciertos casos renovada, o sea, para aclararnos, los medios económicos que debería acreditar un ciudadano comunitario (de España o bien de otro Estado de la Unión Europea que vive en territorio español) y quiere que su familia viva con él o ella).

A tenor con este planteamiento aconsejamos la lectura de este artículo que recoge una sentencia en la que los jueces fuerzan a la Administración a otorgar la tarjeta de vivienda dela UE a extranjero casado con española sin necesidad de acreditar…. Estima el recurso planteado y reconoce el derecho del ciudadano extranjero casadocon de España a la obtención de la tarjetade vivienda sin necesidad de acreditar que dispone de recursos económicos.:  .

1. Certificados de Registro Iniciales (el papel verde de los ciudadanos de la Unión Europea).

2. Tarjeta Comunitaria Inicial para los familiares de ciudadanos comunitarios (la primera, la de 5 años).

3. Renovación de las Tarjetas Comunitarias cuando exactamente las mismas se hayan concedido por un periodo inferior a 5 años.

Pero fijaros en los tres supuestos. En ninguno de ellos se habla de las Tarjetas Permanentes de Familiar de Comunitario ni en los Certificados Permanentes de Inscripción de los ciudadanos europeos.

Es cierto que muchas personas creen de manera equivocada que cuando se concluye la tarjeta de Familiar de Comunitario (la de 5 años) debe renovarse; mas ese es el primer fallo. Estas Tarjetas NUNCA se renuevan. Lo que sí tiene derecho el familiar de ciudadano comunitario es a solicitar una Tarjeta Permanente de Familiar de Comunitario. No es lo mismo “tener derecho a una Tarjeta Permanente” que “renovar una tarjeta de familiar de Comunitario”. Igual ocurre con los Certificados Permanentes de los ciudadanos comunitarios.

En muchas ocasiones –tanto por la Administración como por los ciudadanos- se confunde el término “renovación” con el de solicitud de “residencia permanente” y es fundamental que tengamos presente que la propia normativa, de forma expresa, señala que en el caso de viviendas comunitarias permanentes o certificados de registro permanentes no se aplican las condiciones demandadas en el artículo siete (dónde se solicitan los medios de tipo económico). Esto es, si eres titular de una Tarjeta de Familiar de Comunitario (la primera, la de cinco años) y vas a presentar la renovación de exactamente la misma, realmente no estás solicitando una “renovación” sino más bien una “tarjeta permanente” y entre los requisitos exigidos para esta clase de tarjetas no se pueden pedir “medios económicos”.

Los requisitos que el artículo diez del Reglamento de Régimen Comunitario demanda para este tipo de tarjetas comunitarias permanentes son los siguientes:

Poder acreditar uno de los próximos supuestos:

• Haber residido legalmente en España a lo largo de un periodo continuado de cinco años, siempre que se sostenga el vínculo familiar por el que se expidió la tarjeta de residencia, esto último con salvedad de los supuestos en los que se mantiene el régimen comunitario en caso de fallecimiento, nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o bien cancelación de la inscripción como pareja registrada con arreglo al RD 240/2007.

• Radicar en España como miembro de la familia de ciudadano de la Unión, cuando este último es trabajador por cuenta ajena o bien propia, y adquiere el derecho a vivienda permanente antes de que concluya el periodo de 5 años.

• Residir en España como miembro de la familia de ciudadano de la Unión, que fallece en el curso de su vida activa de antemano a la adquisición del derecho a vivienda permanente, siempre que concurra alguna de las próximas circunstancias:

o Que el ciudadano de la Unión hubiera residido de forma continuada, en la data del fallecimiento, por lo menos un par de años. cita previa de huellas

o Que el fallecimiento se haya debido a accidente de trabajo o bien enfermedad profesional.

o Que el cónyuge del ciudadano de la Unión hubiese perdido la nacionalidad de España como consecuencia del matrimonio con el fallecido.

Dicho esto, entendemos que el ciudadano pueda interpretar de forma restrictiva la Normativa; que no comprenda si se trata de un “derecho” adquirido (por llevar cinco años residiendo en territorio español (por ejemplo) o bien si se trata de una renovación. Hasta ahí todo es comprensible. Para eso están los expertos, para interpretar de forma adecuada la Normativa. Pero de ahí a que la propia Administración (oficina de Extranjería) interprete de forma restrictiva la Normativa hay un largo trecho. cita previa de extranjeria

¿Qué sucede entonces si no demuestras “medios económicos” en el momento de solicitar la Tarjeta Permanente de Familiar de comunitario (uno años)? Pues que la Administración te denegará tu petición obligándote a lo que muchos damos en llamar “irregularidad sobrevenida” (extranjeros “con papeles” que vuelven a quedarse “sin papeles”). ¿Qué opciones quedan? No queda más antídoto que recurrir por la vía contenciosa; desgraciadamente.

En el derecho de extranjería nos hallamos frente a un gravísimo dilema: la ley en vigor y los criterios que aplica la oficina de extranjeros ¿Para qué vale la ley si ignoramos de qué manera la interpreta la Administración? Los abogados y los expertos en extranjería coincidiremos que sirve para ir a la vía judicial donde prácticamente siempre y en todo momento el juez termina dándole la razón al extranjero. Mas asimismo sabemos que ir a la vía judicial es un gasto raras veces asumible por nuestros clientes y lo que es peor, tiempo; mucho tiempo, el tiempo que tarda un proceso que hace que aquel que pueda permitirse contratar a un letrado renuncie pues es exactamente tiempo lo que no tiene un extranjero para intentar regularizar su situación.

Enfrentarse a un proceso implica, además del gasto económico, dilatar situación administrativa del extranjero. ¿No sería más conveniente para todos que de una vez y por todas la Administración haga públicos sus criterios y de esta manera eludir quebraderos de cabeza? ¿No es lo más justo que en un Estado de Derecho los ciudadanos tengamos acceso a la información –que no es ni puede ser confidencial- de una Administración que es el Estado en sí mismo? ¿Hasta cuándo deberemos continuar jugando a una suerte de ruleta rusa de gestionar algo sin saber con qué nuevo criterio nos va a sorprender la Oficina de Extranjeros?

No olvidemos que la Constitución Española en su art. treinta y nueve, ya establece la obligación de los poderes públicos de resguardar la familia, principio que es vulnerado con este tipo de interpretaciones restrictivas. Debemos tomar en consideración que la familia es la célula esencial de nuestra sociedad, pilar donde se sostiene y transmite la escala de valores que fundamenta un Estado de Derecho, lo que se ve perjudicado con tal gravosas decisiones y también interpretaciones por la parte de la Administración, impidiendo que un ciudadano de la Unión y un familiar, vean tutelados sus lícitos derechos denegándoseles la tarjeta Permanente; y todo, absolutamente todo, por el hecho de que a “alguien” se le ocurrió interpretar a su antojo y de forma restrictiva la Normativa.

Pongamos otro ejemplo clarísimo: el automatismo penales-denegación; o bien lo que es lo mismo, la Administración se comporta como un demonio cuando le presentan como crucifijo una petición de Tarjeta de Tarjeta de Familiar de Comunitario cuando el extranjero tiene antecedentes penales. ¿Qué hace la Administración, esto es, la Oficina de Extranjeros? cita previa huellas policia Puesto que denegar de manera automática. Y de esta forma, no, no y no. O al menos, eso es lo que afirma los jueces.  La misma pregunta de siempre: ¿Quién tiene la razón: los Jueces o la Oficina de Extranjería?. La respuesta parece muy clara menos para la Administración de España, en concreto para la oficinas de extranjería que aún encontrándose con cientos y cientos de sentencia que les quitan la razón prosiguen “erre que erre” rechazando los “papeles” a aquellos familiares de ciudadanos comunitarios que solicitan la Tarjeta de Familiar de Comunitario cuando se encuentran conque el solicitante tiene antecedentes penales: “la posesión de antecedentes penales, no puede formarse per se, si la administración no arguye en la existencia de una amenaza para la seguridad y la tranquilidad pública”, afirman los jueces. O lo que es exactamente lo mismo, no le puedan denegar los “papeles” “porque sí” a quienes pidan una Tarjeta de Familiar de Comunitario.

Vean este artículo que incluye una sentencia al respecto: 

Y si charlamos del tan hablado RD 987/2015 (Familia Extensa), que parecía tan sencillo, es más complicado de los que imaginas; sobre todo a la hora de demostrar la dependencia económica o bien de interpretar dicha dependencia económica o el “estar a cargo”. No, no es tan simple como semeja. Os dejamos con este artículo al respecto:

En el Arraigo, otro por ejemplo, un trámite bastante usado por muchos inmigrantes para pedir sus “papeles” la Hoja Informativa no tiene nada que ver con los criterios que maneja la Oficina de Extranjeros. Por ejemplo, si se trata de un extranjero que pretende regular su situación económica a través de un contrato como empleado de hogar, va a deber aportarse -para probar la solvencia económica del empleador- la Declaración de Renta del último ejercicio fiscal, fotocopia del documento nacional de identidad de su empleador y un certificado de convivencia del empleador para “valorar” si la entrada de dinero en el núcleo familiar en correspondencia con el número de personas que están censadas es suficiente para poder contratar al trabajador extranjero. ¿Lo dice esto la nota informativa?

En el caso del Arraigo Social, por servirnos de un ejemplo, la nota informativa afirma “informe de inserción social emitido por la Comunidad Autónoma del domicilio frecuente del solicitante” ahora bien ¿qué valía tiene Informe? ¿Dice esto la Nota Informativa? (A propósito la Instrucción DGI/SGRJ/3/2011. Tercera 1.b) deja claro que dicho Informe no puede ser anterior a tres meses a la fecha de presentación de la petición de la autorización de residencia).

Y hay un tema curioso con el Arraigo Social. No te pueden rechazar los “papeles” por culpa de la empresa o empleador. Basta ya de este tipo de prácticas por parte de la oficina de extranjería.

No nos cansaremos de dar merced al Estado de Derecho por la existencia de la Justicia. Si no existiesen los jueces –imparciales- nos encontraríamos con una Administración (oficinas de extranjería) que proseguiría haciendo y deshaciendo a su antojo; interpretando la Normativa de forma prácticamente siempre restrictiva.

Vamos a detenernos en las causas más frecuentes de denegación en aquellas solicitudes de Autorización de Residencia temporal por Circunstancias Inusuales (Arraigo Social):

• La empresa/empleador no se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

• La empresa/empleador no garantiza que dispone de medios de tipo económico, materiales y personales para su proyecto empresarial y para las obligaciones dimanantes del contrato de trabajo.

• La empresa no se halla dada de alta en la Seguridad Social.

• La empresa/empleador tiene deudas con la Seguridad Social

Primero vamos a resaltar que la petición de Autorizaciones de Vivienda Temporal por Circunstancias Inusuales (Arraigo Social), es supuesto amparado en la siguiente Normativa:

• Ley Orgánica 4/2000, de uno de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (art. 31.3)

• Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por R. D. 557/2011, de veinte de abril (artículos del 62 al 66 y del 123 al 130).

• R. D. Ley 19/2012, de veinticinco de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.

• Ley 30/1992, de veintiseis de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La no demostración de medios de tipo económico o bien la supuesta imposibilidad por la parte de la compañía o bien empleador de no poder garantizar continuidad laboral es una de las causas de denegación más usuales que nos encontramos a la hora de que un extranjero solicite bajo el presunto de Arraigo Social su permiso en España. Pero ¿por qué razón la Oficina de Extranjero endosa al solicitante, o sea, al extranjero, la carga probativa de la solvencia de la compañía o bien los inconvenientes que pueda tener la compañía o bien empleador?

Nos hallamos acá con 2 visiones y dos puntos de vista absolutamente diferentes. Por un lado una Administración que exige que el extranjero deba probar la solvencia económica de la compañía o empleador o que dicho empresario o empleador esté al tanto de pago de sus obligaciones tributarias con Hacienda o Seguridad Social; y por otra parte, la opinión de los jueces que estiman todo lo contrario.

La Oficina de Extranjeros se ampara en que debe concurrir el requisito previsto en el artículo 124.2.b) del Reglamento de Extranjería aprobado por Real Decreto 557/2011 consistente en “Contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario en el momento de la petición para un periodo que no sea inferior a un año”. Tomad nota y fijaros bien de lo que afirma el texto legal. ¿En algún lado notáis que se afirme algo de la empresa o el empleador?

Existe jurisprudencia sobrada que estima todo lo opuesto que cree la Administración, por ejemplo, una sentencia (139/2014) del TSJ de Andalucía y otra sentencia del mentado Tribunal, de uno de junio de 2013, rec. 1220/2012.

Ambas sentencias establecen diferencias entre las peticiones de residencia temporal y trabajo por cuenta extraña y la vivienda por circunstancias excepcionales (arraigo social en un caso así), llegando a la conclusión de que en las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta extraña, para cuya petición sólo están legitimados los empleadores o bien empresarios es a éstos a los que hay que referir la acreditación de las demandas específicas que la Administración estime oportunas de acuerdo con lo preparado en los mencionados preceptos reglamentarios.

Por el contrario, cuando la solicitud es formulada por el propio extranjero y se refiere a una autorización de residencia por circunstancias excepcionales (arraigo), el extranjero solicitante tiene que probar los requisitos previstos para la autorización, de modo que no puede trasladársele carga probatoria alguna dispuesta por la Norma para otros supuestos y para otras personas, como es la impuesta al empleador o empresario respecto de la acreditación de encontrarse “al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias” para conseguir a favor del extranjero la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.

No se trata de impedir a la Administración en su lucha contra el fraude, la indagación de la situación de la compañía contratante, pues en definitiva es el desarrollo de una actividad laboral en nuestro país la meta de la petición presentada. Dicho esto, aun de aceptarse que son extrapolables al caso los requisitos demandados para las autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, se desconoce el destino de las investigaciones de la Inspección de Trabajo sobre la compañía contratante, cuyas aseveraciones adolecen del necesario detalle y concreción; con lo que a falta de mayor motivación y de un mínimo soporte justificativo aquella conclusión no forma más que un mero juicio de valor. Por consiguiente, constando un contrato de trabajo de un año de duración, y cumpliendo el solicitante con el resto requisitos exigidos normativamente no habría solamente que valorar en lo que se refiere a la empresa o bien empleador se refiere.

El extranjero no tiene por qué demostrar algo que no es de su competencia puesto que lo que establece el artículo ciento veinticuatro b) es que cuente con un contrato de trabajo no inferior a un año. Las circunstancias de solvencia económica de la empresa o bien empleador o bien si la compañía o empleador tiene deudas con Hacienda o bien Seguridad Social es inconveniente de la compañía o empleador; no del trabajador. Son circunstancias ajenas al trabajador y no puede pedírsele al extranjero que acredite algo que no es de su competencia.

Tanto el artículo cincuenta c) como el 51.1 f) –ambos del Reglamento de Extranjería- se refrieren a uno de los requisitos y a un supuesto de denegación de las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena. Mas es que el arraigo social no es un permiso de vivienda y trabajo por cuenta ajena –que en este caso los sujetos legitimados para su presentación son los empresarios o empleadores- aún cuando lleve tácito el derecho del extranjero a trabajar por cuenta ajena.

Es en el permiso de residencia y trabajo por cuenta extraña cuando la administración podría demandarle al empresario o al empleador la acreditación de demandas específicas que estime la administración de acuerdo con los dispuesto en los citados preceptos reglamentarios.

Pero es que, repetimos, en el caso del arraigo social la petición no la presenta el empresario o empleador sino más bien el extranjero (personalmente, como dice el artículo 46.1 del Reglamento) y se refiere a una solicitud de autorización residencia temporal por circunstancias inusuales (arraigo social, al amparo del artículo cuarenta y cinco.2 b) del Reglamento). Ello significa que el extranjero demandante va a deber probar los requisitos previstos para la autorización, de modo que bajo concepto alguno puede trasladársele la carga probatoria al extranjero, preparada por la regla para otros supuestos y para otras personas tal como lo son para empleadores o empresarios en el caso de las peticiones de un permiso de vivienda y trabajo por cuenta extraña que en un caso así son estos (empresarios o bien empleadores) quienes realizan la solicitud y no el extranjero. Es en un caso así cuando el empresario o empleador deberá acreditar que dispone de medios de tipo económico, materiales y personales para su proyecto empresarial y para las obligaciones dimanantes del contrato de trabajo para conseguir en favor del extranjero el permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena.

Entre los requisitos para el otorgamiento de los permisos de vivienda y trabajo por cuenta ajena el apartado c) del artículo cincuenta del Reglamento de Ejecución de la Ley de Extranjería demanda “que las compañías demandantes hayan formalizado su inscripción en el correspondiente régimen del sistema de la Seguridad Social y se encuentre al tanto del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En los términos establecidos en el artículo siguiente se podrá requerir además al empresario que acredite los medios económicos, materiales y personales de los que dispone para su proyecto empresarial”.

Por su parte, el artículo 53.1 del Reglamento dispone que “la autoridad competente denegará las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena en los presuntos siguientes: (…) f) cuando el empresario o bien empleador no garantice al trabajador la actividad continuada a lo largo de la vigencia de la autorización de residencia y trabajo o bien cuando siendo requerido para esto en los términos establecidos en el artículo 51 no acredite los medios económicos, materiales o bien personales de los que dispone para su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones dimanantes del contrato de trabajo”.

No olvidemos tampoco que la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su artículo ochocientos noventa y dos deja bien claro que “En los procedimientos gestionados a petición del interesado, la resolución va a ser congruente con las peticiones formuladas por éste, sin que en ningún caso pueda agudizar su situación inicial y sin perjuicio de la potestad de la Administración de incoar de oficio un nuevo procedimiento, si procede”. ¿Quizá no vulnera entonces, además de esto, la Administración, la Ley treinta a la vista de todo lo expuesto? Los requisitos de que la compañía o empleador haya formalizado su inscripción en el correspondiente régimen de la seguridad social o bien que acredite los medios de tipo económico, materiales o personales de los que dispone para su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones dimanantes del contrato de trabajo viene referido en el artículo 50 c) del Reglamento a las solicitudes de Permiso de Vivienda y Trabajo por Cuenta Ajena (artículos cuarenta y ocho a 50) que tiene una relación disímil de la residencia temporal por circunstancias excepcionales (arraigo social) –artículos 45 a cuarenta y siete- y un procedimiento asimismo diverso y con diferente distribución sistemática: la autorización de vivienda temporal (Capítulo I del Título IV) y la Autorización de Vivienda Temporal y Trabajo (Capítulo II del Título IV), instaurando puesto que el texto normativo un régimen jurídico diferenciado para esas situaciones, destacando en cuanto al procedimiento que, en el caso de la autorización de residencia temporal por circunstancias inusuales “… habrá de ser solicitada personalmente por el extranjero ante el órgano eficiente para su tramitación” (art. 45.1) al tiempo que en el presunto de la petición de vivienda temporal y trabajo por cuenta ajena quien va a deber presentar personalmente o bien mediante quien tenga atribuida la representación legal empresarial es el empleador o bien empresario que pretenda contratar a un trabajador extranjero no residente en España” (art. cincuenta y uno.1).

El Art. ciento veinticuatro. 2 del RD 557/2011 deja bien claro que se podrá otorgar una autorización de vivienda temporal por arraigo social a los extranjeros que:

“acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de tres años.

Además de esto, va a deber cumplir, de forma acumulativa, los próximos requisitos:

• a) Carecer de antecedentes penales en España y en su país de origen o en el país o bien países en que haya residido a lo largo de los últimos 5 años.

• b) Contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario en el momento de la petición para un periodo que no sea inferior a un año. Dicha contratación deberá estar basada en la existencia de un solo contrato, salvo en los próximos supuestos:

o 1.º En el caso del ámbito agrario, va a caber la presentación de 2 contratos, con distintos empleadores y concatenados, cada uno de ellos de ellos de duración mínima de seis meses.

o dos.º En el caso de desarrollo de actividades en una misma ocupación, trabajando parcialmente y de manera simultánea para más de un empleador, se admitirá la presentación de varios contratos, todos ellos de duración mínima de un año, y cuya suma debe representar una jornada semanal no inferior a treinta horas en el cómputo global.

• c) Tener vínculos familiares con otros extranjeros residentes o bien presentar un informe de arraigo que acredite su integración social, emitido por la Comunidad Autónoma en cuyo territorio tengan su domicilio habitual.

A estos efectos, los vínculos familiares se entenderán referidos únicamente a los cónyuges o bien parejas de hecho registradas, ascendientes y descendientes en primer grado y línea directa.

En los supuestos de arraigo social acreditado a través de informe, que habrá de ser emitido y notificado al interesado en el plazo máximo de treinta días desde su solicitud, en éste va a deber constar, entre otros factores de arraigo que puedan acreditarse por las distintas Administraciones eficientes, el tiempo de permanencia del interesado en su domicilio frecuente, en el que deberá estar censado, los medios de tipo económico con los que cuente, los vínculos con familiares residentes en España, y los esfuerzos de integración a través del seguimiento de programas de inserción sociolaborales y culturales. Simultáneamente y por medios electrónicos, la Comunidad Autónoma deberá dar traslado del informe a la Oficina de Extranjería eficiente.

A dichos efectos, el órgano autonómico eficiente va a poder efectuar consulta al Ayuntamiento donde el extranjero tenga su domicilio frecuente sobre la información que pueda constar al mismo.

El informe de arraigo referido anteriormente va a poder ser emitido por la Empresa local en la que el extranjero tenga su domicilio frecuente, cuando así haya sido establecido por la Comunidad Autónoma eficiente, siempre y cuando ello haya sido previamente puesto en conocimiento de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración.

El informe de la Corporación local deberá ser emitido y notificado al interesado en el plazo de treinta días desde la fecha de la petición. Simultáneamente y por medios electrónicos, la Corporación local deberá dar traslado del informe a la Oficina de Extranjería competente.

El órgano que emita el informe va a poder aconsejar que se exonere al extranjero de la necesidad de contar con un contrato de trabajo, siempre que acredite que cuenta con medios de tipo económico suficientes. En caso de cumplirse los requisitos previstos en el artículo mil cincuenta y tres de este Reglamento, se podrá aducir que los medios económicos derivan de una actividad a desarrollar por cuenta propia.

Caso de que el informe no haya sido emitido en plazo, circunstancia que habrá de ser debidamente acreditada por el interesado, va a poder justificarse este requisito por cualquier medio de prueba aceptado en Derecho”.

Dicho esto no se le puede demandar a un extranjero más requisitos que los enumerados por la Normativa ni endilgarle al extranjero la carga probatoria de algo que no es de su incumbencia como el hecho de que la empresa/empleador no se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones fiscales con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) o que no garantice que dispone de medios económicos, materiales y personales para su proyecto empresarial y para las obligaciones dimanantes del contrato de trabajo o que no se halla dada de alta en la Seguridad Social o bien que tiene deudas con la Seguridad Social.

Entonces ¿qué hacer si la Administración nos rechaza el Arraigo aduciendo estas razones? Pues obviamente no perder el tiempo interponiendo potestativamente un Recurso de Reposición sino más bien ir directamente a un Recurso Contencioso Administrativo a fin de que el extranjero pueda hacer valer sus derechos

Lo que realmente sucede es que tanto la Normativa de Extranjería como las Hojas Informativas que propaga el Ministerio de Empleo y Seguridad Social -que gestiona la inmigración- se alejan casi siempre de los criterios “internos” de las Oficinas de Extranjeros y que, desgraciadamente, no se hacen públicos. Esto es una cosa que desde Legalteam siempre hemos criticado mas que no cambia. O bien asistes a un profesional con mucha experiencia (que asista diariamente a las oficinas de extranjería y se curta en la práctica) o bien el interesado navegará en un mar de preguntas sin respuesta.

Podríamos poner decenas, cientos de ejemplos. Mas hay tantos ejemplos y casos como oficinas de extranjería, funcionarios y realidades. Consejo: asiste a Legalteam, un equipo de personas que sirven a personas, si de veras quieres que tu trámite sea conveniente.

A veces no es necesario que te acompañe el profesional si ya antes consultas tu caso.  Toma nota de estos consejos si quieres ahorrarte tiempo, dinero y tener al final del camino, los tan ansiados “papeles”.

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